01 de Julio de 2024
Edición 6996 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/07/2024

Las defensas no apelaron aún el fallo de Cavallo

Tienen hasta el miércoles para formular las apelaciones al fallo en el que se declararon inconstitucionales las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

 
Las defensas de los ex represores Jorge Antonio Del Cerro (alias Colores) y Julio Hector Simón (alias el Turco Julian), en torno a cuya responsabilidad por la desaparición forzada de un matrimonio y la supresión de identidad de la hija de ambos el juez Gabriel Cavallo declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, no apelaron hasta hoy ese fallo, según informaron fuentes judiciales confiables.

La defensora Oficial , Silvia Otello Rella, a cargo de la defensa de Del Cerro formulará la apelación antes del miércoles próximo, dentro de los plazos legales ya que, según voceros cercanos al Ministerio Público, el fallo fue notificado oficialmente recién el viernes de la semana pasada.

Los mismos voceros indicaron que la defensora oficial reiterará la impugnación contra el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) como querellante en la causa, a la vez que sostendrán la constitucionalidad de ambas normas, que a partir de su promulgación impidieron la prosecusión de juicios contra los responsables de la represión desatada durante la última dictadura.

Simón deberá ampliar su declaración indagatoria ante Cavallo el próximo 15 de marzo, en tanto del Cerro deberá hacerlo cinco días después.

Por otra parte, voceros calificados del Palacio de Justicia relativizaron las afirmaciones del ex ministro de Justicia Ricardo Gil Lavedra, quien señaló durante el transcurso de un programa radial que el fallo de Cavallo -según la ley de Obediencia Debida- podía apelarse en forma directa ante la Corte. En ese sentido, los voceros estimaron que podría existir "alguna confusión" por parte del ex funcionario, ya que ese mecanismo era el utilizado "cuando los juicios contra los militares sustanciados en el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas eran revisados por la Cámara Federal".

Es probable que Cavallo rechace un recurso de apelación fundado en la ley de Obediencia Debida con el argumento de que si se ha declarado la nulidad de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, mal se podría conceder un recurso fundado en alguna de esas normas y que si las partes quieren apelar, deberán hacerlo por el procedimiento del código procesal penal.

Temas relacionados:
B) COLORES 11/03/2001
Comienza el desfile 06/03/2001



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486