02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Piden la nulidad de la Reforma Laboral

La presentación fue efectuada en el fuero Laboral por un ex empleado ferroviario, actualmente desocupado, quien reclamó la suspensión previa de la norma.

 
La "nulidad e inconstitucionalidad" de la Reforma Laboral en torno a cuyo tratamiento parlamentario y sanción se investiga el presunto pago de sobornos en el Senado de la Nación, fue reclamada hoy ante la justicia laboral por un ex empleado ferroviario actualmente desocupado.

La demanda quedó radicada ante el juzgado Nacional de Primera instancia del Trabajo 44 a cargo del juez Daniel Stortini, y fue formulada por los abogados del denunciante, Roberto Boico y Eduardo Barcesat, quienes oportunamente formularon presentaciones de características similares contrarias a la aplicación del decreto 430/00 por el cual se dispuso el recorte en los salarios de los empleados nacionales.

En dicho escrito se señala que "sin perjuicio de la investigación penal del cohecho agravado, que se encuentra a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo criminal y Correccional 3, esta nueva acción judicial pretende que los jueces competentes para la aplicación de la ley examinen el disvalor constitucional que resultaría de estarse aplicando una ley que surge de la comisión de un hecho delictivo: los sobornos operados en el Senado de la Nación".

Al respecto, sostienen que "las relaciones jurídicas que fueran alcanzadas por esta ley laboral nacen en un cono de incertidumbre respecto de la validez de la ley, y obliga a los particulares y al Estado Nacional a planearse el tema de la exigibilidad de aplicación de la misma, como los innumeros reclamos que devendrían de su anulación al culminar la investigación penal".

Al fundamentar el pedido de anulación y suspensión de aplicación de la Ley de Reforma Laboral (25.250) el demandante hizo "particular referencia al artículo 36 de la Constitución Nacional, el que no sólo es de aplicación cuando se trata de la usurpación del poder político (golpe de estado), sino cuando los poderes regulares del Gobierno Federal actúan por fuera del límite reglado de sus potestades".

Por último, destaca "la perniciosa inercia del gobierno Nacional que no ha adoptado ninguna medida correctiva respecto del desvío de poder que comporta el mantenimiento de la ley sospechada".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486