Al argumentar la sentencia, la jueza Mónica Atucha de Ares justificó la resolución al explicar que la querella había sido anulada porque “no reunió los requisitos formales de una acusación”. Según la jueza, “no tiene validez la petición” de condenar al subcomisario Daniel Osvaldo Cutri a tres años de prisión máxima, “por no exponer explícitamente la solicitud de inhabilitación del imputado”.
Al no ser válida la querella impulsada por los familiares de la víctima, al tribunal no le quedó otra opción que tener en cuenta la opinión del Ministerio Público Fiscal, que había pedido la absolución del subcomisario.
Gumersindo Paredes perdió la vida en 1996, cuando recibió un tiro de bala al producirse un tiroteo en la Villa 21 entre la Policía y un grupo de delincuentes que habían asaltado un colectivo.
Según la abogada querellante María del Carmen Verdú, “es el fallo más absurdo que se ha visto”. Además, la representante de los familiares de Paredes aseguró que apelará la decisión judicial ante la Cámara Nacional de Casación Penal.