03 de Julio de 2024
Edición 6998 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/07/2024

Corte vs. Consejo: Conflicto numero...

La Corte Suprema de Justicia suspendió una resolución del Consejo de la Magistratura que había declarado inaplicable la ley de emergencia económica en virtud de los juicio previsionales pendientes.

 
En lo que se perfila como un nuevo enfrentamiento entre ambos cuerpos, y en poco menos de 24 horas, la Corte Suprema dejó sin efecto una resolución del Consejo de la Magistratura por la cual se había declarado "inaplicable" la ley de Emergencia Económica, en virtud de los juicios con sentencia firme que deben ejecutarse y que involucran a jueces y funcionarios.

Así lo resolvió hoy el máximo tribunal a través de una acordada en la que se señala que la ley "se deberá aplicar en el ámbito del Poder Judicial de la Nación" -del cual el Consejo forma parte- hasta tanto la Corte "resuelva sobre el particular".

El Consejo había fundado su decisión en la imposibilidad de afrontar el pago de cerca de 9 millones de pesos que el Ministerio de Economía le adeuda de las partidas correspondientes al presupuesto del año en curso, cuyo envío fue suspendido a partir de la vigencia de la ley, las que debían destinarse al pago de esos juicios iniciados por jueces y funcionarios.

Voceros de la Comisión de Administración del Consejo no descartaron la posibilidad que ante esa decisión de la Corte, el flamante presidente de ese cuerpo, Claudio Kiper, convoque a una reunión "extraordinaria" para establecer las vías a seguir, aunque admitieron que desconocían esa resolución de la Corte, adoptada durante la reunión de acuerdo de hoy. "Hemos pretendido observar la Constitución respecto de la intagibilidad de los sueldos de los jueces", indicó la fuente quien advirtió que la decisión adoptada ayer "es de facultad del Poder Judicial y del Consejo de la Magistratura".

La resolución del Consejo en cuestión (372/00) establece que "no corresponde aplicar en lo inmediato la ley 25.344 en el ámbito de competencia de ese organismo" y también dispuso "impulsar gestiones ante el Ministerio de Economía y el Jefe de Gabinete de Ministros del Poder Ejecutivo Nacional, al fin de que sean asignados los recursos financieros necesarios pendientes, para hacer frente a las partidas presupuestarias previstas en el Inciso 7 -Servicio de la Deuda- del Servicio Administrativo 320 para el presupuesto del Ejercicio en curso".

Al respecto la Corte, en su acordada de hoy, numero 37/2000, advirtió que "esa disposición sólo puede ser entendida como una instrucción dada por el Consejo a sus propias dependencias, que no podría extenderse -sin vulnerar la cuestión de competencias establecida en la Constitución Nacional- al modo de cumplimiento de las sentencias mencionadas en el considerando 4 de la misma resolución".

Por esa razón dispuso "suspender los efectos de la resolución 372/00 del Consejo de la Magistratura, hasta tanto esta Corte Suprema se pronuncie en los términos que contempla el artículo 23 de la ley 25.344".

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dju / dju
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