22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Agenda abierta

En la Oficina Anticorrupción trabajan en un anteproyecto de Ley de Lobby. Los funcionarios tendrán que publicitar todas las reuniones con los distintos grupos de presión. Consultarán a empresarios y abogados.

 
El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos comenzó un proceso de elaboración de un anteproyecto de Ley de Regulación de la Actividad de Gestión de Intereses, más conocida como Ley de Lobby que, entre otras medidas, obligará a los funcionarios del Ejecutivo y a los legisladores a elaborar una agenda con el detalle de todas las reuniones que realizarán con empresarios u otros grupos sociales de presión.

Para avanzar en el camino hacia la norma, en la cartera de Justicia han invitado a una treintena de las más influyentes empresas radicadas en el país, a organizaciones no gubernamentales, académicos y a varios estudios de abogados a varios talleres de trabajo donde se harán consultas antes de que la iniciativa sea remitida al Congreso Nacional.

Diariojudicial.com tuvo acceso a los estudios realizados para argumentar la necesidad de la futura norma. “Resulta innegable la práctica de la actividad de la gestión de intereses tanto en el Poder Legislativo como en la Administración Pública Nacional”, dice en el borrador del anteproyecto, y a partir de esta realidad, la propuesta es la de crear un registro que traiga transparencia.

Sin embargo, en la cartera de Justicia reconocen que “cierta corriente de opinión considera que todo intento por parte de los grupos de interés de influir directamente en las decisiones de los funcionarios y legisladores es un acto reprochable en sí mismo”, y que para muchos, “la propia terminología (lobby, lobbysta) encierra un contenido peyorativo”, aunque aclaran que “se identifica erróneamente a la gestión de intereses con prácticas corruptas”.

Ante las potenciales críticas, en la cartera que dirige Jorge de la Rúa advierten que no hay “nada más ajeno al espíritu del anteproyecto que la creación de un restringido grupo de profesionales que monopolice la actividad, transformándose en la única vía de acceso posible a los legisladores o funcionarios públicos”.

En la Dirección de Transparencia de la OA, donde se elaboró el proyecto después de analizar la legislación comparada y más de 20 propuestas de leyes locales, consideran que la gestión de intereses “debe tomarse como un aporte fundamental para el enriquecimiento del debate democrático: en la medida en que el funcionario o legislador tenga la posibilidad de acceder a los distintos puntos de vista existentes respecto de los temas a decidir, se estarán generando las condiciones necesarias a fin de promover una toma de decisiones imparcial”.

Aclaran que “la idea es que todos los individuos tengan la posibilidad de exponer sus peticiones ante los demás”, y confían en que al transparentarse los encuentros que mantienen los grupos de interés con los políticos se enriquecerá y legitimará la decisión final.

Uno de los aportes que es considerado como de los más novedosos del borrador es que tanto los funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo –desde el presidente hasta los responsables de organismos descentralizados- como los legisladores, tendrán que elaborar una agenda diaria de las reuniones programadas con los gestores debiendo tener esta información a disposición de todos los interesados.

Los gestores, además, tendrán que estar inscriptos en dos registros, uno en el ámbito del Poder Ejecutivo, a cargo de la Jefatura de Gabinete, y otro en el del Legislativo, controlado por la Cámara de Diputados.

¿Qué es el lobby o la gestión de intereses? El anteproyecto da una definición: “la actividad desarrollada por toda persona física o jurídica, por sí o en representación de terceros, con o sin fines de lucro” destinada a obtener alguna resolución concreta (en sus múltiples representaciones) de los poderes Legislativo y Ejecutivo.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486