21 de Noviembre de 2024
Edición 7096 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 22/11/2024

Mejor prevenir

Para evitar los problemas judiciales que sufrió Napster, un sitio de Internet se presentó a la justicia estadounidense para que esta declare que su actividad es legal.

 
Luego de los problemas que sufrió el sitio Napster, que debió excluir por orden judicial una gran cantidad de temas musicales protegidos por derechos de autor de sus listas, Aimster, una empresa de canje de archivos y de mensajería instantánea, ha abierto un nuevo frente en la guerra de la música en línea buscando la protección de la Justicia para evitar problemas legales similares.

Esta empresa, que luego de la debacle de Napster se convirtió en uno de los servicios de canje de archivos mas visitados y utilizados, pidió a una Corte Federal de Nueva York un "fallo declaratorio" en el sentido de que su servicio no quebranta ninguna ley estadounidense de derechos de autor.

Al igual que muchos otros sitios, Aimster recibió una carta de la Asociación de la Industria Discográfica de Estados Unidos (RIAA, por su sigla en inglés), después de producirse los fallos en contra de Napster, solicitando que bloqueara el canje de música protegida por derechos de autor. Aimster no hizo lugar a la petición y no instaló ningún filtro.

El argumento esgrimido por Aimster ante la Corte es interesante: La empresa sostiene que su principal servicio consiste en las comunicaciones privadas, y que, por lo tanto, no debería estar obligada a revisar los mensajes de cada suscriptor para ver si contiene o no música protegida por derechos de autor, porque eso sería una violación a la privacidad.

El punto central en debate es, ¿hasta donde son responsables las empresas de que facilitan el canje de archivos por el contenido de lo que se intercambia a través de sus redes?

Los especialistas plantean el peligro que implica que los servicios de mensajería instantánea (o los que brindan el servicio de correo electrónico, inclusive) sean obligados a supervisar y censurar lo que se envía a través de la red.Dicho de otra manera, si alguien decide compartir con sus amigos o conocidos su colección de música o literatura digitalizada y usa para eso un servicio de mensajería instantánea como ICQ, por dar un ejemplo, ¿qué responsabilidad puede tener ICQ por las posibles violaciones a los servicios de autor? ¿Cómo podría evitarlo sin violar la privacidad de los mensajes que mandan millones de personas diariamente? ¿No se violaría así el derecho a la intimidad por pretender proteger los derechos de autor?

El software de Aimster crea "listas de contactos" a partir de programas como el Instant Messenger de AOL Time Warner y el MSN Messenger de Microsoft. Luego, permite que los usuarios intercambien sus archivos dentro de la red privada constituida por estos elementos. El contenido de esos archivos lo ponen los usuarios. A diferencia de Napster, la empresa no publica ningún catalogo o lista de archivos para ser bajados por los usuarios.

La estrategia judicial de Aimster se basa en dos ejes. Por un lado está la presentación de la acción declarativa ya mencionada, a fin que la justicia se expida sobre la legalidad de su actividad, antes de recibir ninguna demanda. Por el otro, la empresa busca evitar que se compare su servicio con el de Napster y quiere encuadrarse jurídicamente como un proveedor de servicios de mensajería.

En el caso de Napster, la Corte Federal de Apelaciones de San Francisco dijo que la empresa debía impedir que los usuarios tuvieran acceso a través de su índice de búsqueda a contenidos potencialmente violatorios de los derechos de propiedad intelectual.

"Contar con archivos digitales disponibles para ser bajados gratuitamente mediante el sistema de Napster necesariamente perjudica los intentos de los dueños de los derechos de autor de cobrar por las mismas descargas", consideró ese tribunal.

El programa de Napster crea un directorio de canciones disponibles en los discos duros de otros usuarios del sitio y a continuación establece un vínculo entre las computadoras a través de Internet para transferir la canción o canciones elegidas.

Temas relacionados:
La justicia le dio plazo a Napster 6/3/2001
Napster quiere pagar pero... 22/2/2001
La justicia le dijo no a Napster 12/2/2001



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486