“El objeto principal del anteproyecto legislativo es habilitar y facilitar el acceso de la ciudadanía a la información producida por el Estado, garantizando de este modo la publicidad de los actos de gobierno y promoviendo el control de la gestión por parte de la sociedad”, explicaron el Fiscal de Control Administrativo, José Massoni, y el secretario de Justicia, Melchor Cruchaga.
Del primero de los talleres, que se realizará mañana martes, participarán periodistas de varios medios, entre ellos Diariojudicial.com. Será utilizado el procedimiento de "Elaboración Participada de Normas", diseñado por la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia de la OA que encabeza Roberto De Michele.
“Además ponemos a disposición de la ciudadanía los anteproyectos para recibir opiniones de los interesados vía correo electrónico. La idea es abrir ampliamente el debate, terminando con el criterio de que las leyes sólo se elaboran secretamente, o que se trata de una cuestión sólo para técnicos o entendidos”, sostuvo en diálogo con este medio Néstor Baragli, funcionario de la Dirección de Transparencia.
De acuerdo a la presentación del anteproyecto de ley que hoy se publica en forma completa, “los derechos no son sino las herramientas que habilitan a los ciudadanos para controlar y exigir ciertas conductas a las autoridades; y uno de estos derechos fundamentales es el de acceso a la información pública”.
En su articulado, el anteproyecto que será debatido por distintos sectores de la sociedad antes de pasar a las cámaras legislativas establece que “toda persona tiene derecho a participar y recibir información de cualquier órgano perteneciente a la administración central y descentralizada del estado nacional”. (artículo 1).
De aprobarse la ley, todos los órganos del estado tendrán la obligación de proveer la información requerida (en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital) en un plazo no superior a los diez días, prorrogable a otros diez días por causas de excepcionalidad o dificultad en la búsqueda.
Por otra parte, está previsto que los funcionarios públicos o agentes que obstruyeren en forma arbitraria el acceso a la información “serán considerados incursos en falta grave a sus deberes y le será aplicable el régimen sancionatorio vigente en el lugar donde presta funciones... sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera caberle por aplicación del Código Penal”.
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