La sanción pecuniaria había sido aplicada por la Dirección Nacional de Comercio Interior y la medida fue apelada por la empresa, tomando intervención por "competencia originaria" la Cámara Federal en lo Penal Económico.
El 10 de julio de 1998 Wall-Mart publicó en un diario un aviso en el cual ofertaba una pelota de fútbol número 5, señalando que se trataba de un producto de cuero, pero pericias posteriores determinaron que en realidad se trataba de un balón armado con latex y vinilo, lo que abarataba su costo.
La Dirección de Comercio Interior entendió que se trataba de una violación a la ley 22802 que, entre otras cosas, prohibe la publicidad o propaganda que, mediante inexactitudes pueda inducir a error, engaño o confusión.
Los camaristas integrantes de la Sala B, Roberto Hornos, Carlos Alberto Pitzzatelli y Marcos Grabivker confirmaron la sanción impuesta y para ratificar la pena pecuniaria tuvieron en cuenta los antecedentes de la empresa en otros hechos similares, según señalaron fuentes de ese tribunal.
Los jueces concluyeron que efectivamente la publicidad en cuestión "podía inducir a engaño" por parte de los consumidores.