04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Se veía venir...y vino

El ex presidente Carlos Menem fue procesado y puesto bajo prisión preventiva al ser considerado el “jefe” de una asociación ilícita que vendió en forma ilegal armas a Ecuador y Croacia. TEXTO COMPLETO DEL PROCESAMIENTO

 
El juez federal Jorge Urso consideró hoy que el ex presidente Carlos Menem “actuó como un verdadero gerente” dentro de la asociación ilícita que vendió más de 6000 toneladas de armas a Ecuador y Croacia de manera ilegal, al dictar el procesamiento y la prisión preventiva del ex mandatario, como “jefe”de esa organización que, según ratificó, integraban miembros de su gabinete; el ex jefe del Ejército, Martín Balza, y su cuñado Emir Yoma.

En un duro fallo que firmó a primera hora de hoy en su despacho, Urso sostuvo que Menem “por vía directa o indirecta” asignó a cada uno de los miembros de la presunta asociación ilícita “el lugar que ocupaba”y “naturalmente” era él quien “encabezaba, dirigía y controlaba las operaciones”.

En esa línea de razonamiento afirmó que el ex presidente “actuó su jefatura en las sombras pero salió a escena mostrando su perfil cada vez que las circunstancias así se lo impusieron, encarnando en la asociación el proyecto que se determinó a poco de su asunción gubernamental”.

Urso trabó embargo sobre los bienes de Menem por tres millones de pesos; modificó su régimen de detención domiciliaria y además amplió el procesamiento de los ex ministros Antonio Erman González (como organizador de la asociación ilícita) y Guido Di Tella (como miembro y sin prisión preventiva).

También consideró organizador al ex jefe del Ejército Martín Balza, a quien le amplió el procesamiento y le trabó embargo por un millón de pesos, dictandole asimismo la prisión preventiva del militar, una situación similar a la de Erman González, a quien embargó por 1.100.000 pesos. Además, el magistrado amplió el procesamiento del ex subjefe del Ejercito el general Raúl Gómez Sabaini, también como miembro.

En un extenso fallo, el magistrado entendió que todos ellos –incluyendo a Emir Yoma, cuyo procesamiento ya había dictado- tuvieron “mayor o menor protagonismo” dentro de la asociación ilícita, que tuvo “una ingeniería planificada en sus comienzos”. Sobre la existencia de dicha asociación existe “una artillería de evidencia” que comprueban que la misma estuvo “alumbrada por motivos antojadizos y egoístas”, cuyos integrantes “parecieran adherir a un contrato societario de sus miembros o autoridades”.

Respecto de la responsabilidad del ex presidente, Urso subrayó que él fue quien suscribió el acuerdo final, plasmado en los decretos que autorizaban la venta de las armas y “lo hizo sabiendo perfectamente de que se trataba”. Menem, dijo, “actuó como un verdadero gerente de los personajes que circularon en derredor de los ilícitos”, al tiempo que sostuvo que “sería dificultoso digerir que el titular de la cartera de Defensa (Erman González) hubiere implementado y organizado la metodología que se conformaría en mecanismo legalizante de cuanta oferta en el futuro se consumase alejado del conocimiento y las intenciones del otrora titular del Poder Ejecutivo”. Sin embargo, Urso sitúa en el ingreso de Erman González a Defensa el comienzo de las maniobras.

Al respecto, hace mención a la “unión añeja y fortísimos vínculos”que unían a Menem y González, para reforzar la existencia de un “acuerdo de voluntades existente” contemplado en el artículo 210 del Código Penal, a la vez que “refuerza” lo sostenido por la Cámara Federal respecto de las decisiones dentro de la organización “partiendo desde los niveles superiores del Estado” que ocupaban ambos ex funcionarios, ahora procesados y con prisión preventiva, las que desde allí era elevadas “hacia los ámbitos de su ejecución”. De este modo el magistrado intenta revertir los argumentos de Menem, en el sentido que las operaciones ilegales, si existieron, fueron gestadas desde los estratos inferiores de responsabilidad, en especial en la Dirección General de Fabricaciones Militares.

Urso consideró que a esta altura de la etapa procesal puede afirmarse “con el grado de certeza que requiere que desde el dictado del decreto 1697/91 se reiteró un modus operandi en las exportaciones de material bélico, lo que evidencia la unidad de propósitos de distintas personas con poder decisorio –real o formal- con una única finalidad: remitir indebidamente material bélico”.

“Refleja esta intención en principio la cantidad y calidad del material embarcado que en muchas ocasiones difería de lo solicitado por el comprador y lo autorizado en los decretos”.

El juez hizo especial hincapié en la responsabilidad que le cupo a Erman González en la confección de “decretos marco” donde se incluyó material bélico no requerido por los presuntos compradores lo cual limitó la ulterior intervención de las pertinentes dependencias ministeriales, permitiendo efectuar los embarques de material al amparo de los decretos finalmente firmados.

Respecto de Balza, sostuvo –en consonancia con la posición del fiscal Carlos Stornelli—que el ex jefe militar “supo de los hechos acaecidos y participo, desde el preponderante lugar que ocupaba, en la diagramación de la salida de enorme cantidad de material bélico.”

Actos de gobierno
Respecto a los planteos esgrimidos por Menem sobre que las ventas de armas a través de decretos secretos constituían actos de gobierno, y por lo tanto cuestiones políticas no judiciales, inherentes al Ejecutivo, Urso aseguró que “si bien cada poder debe ser el primero en revisar su propia órbita para no incurrir en ilegalidades, la palabra final pertenece a la Justicia”. Al abordar esos cuestionamientos recordó que “la división de poderes aclamada por el imputado no se observa alterada, respecto a lo normado por los preceptos constitucionales”.

Menem había planteado que la legitimidad de los actos de gobierno estaba dada por el origen de su cargo, a la vez que advertía que si los jueces pudieran revisar sus decisiones como titular del Ejecutivo ello “implicaría sustituir un criterio político por otro”, planteo al que Urso retrucó con jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, entre ella fallos en los cuales estampó su firma como ministro del tribunal el ahora abogado defensor del ex mandatario, Mariano Cavagna Martínez.

Temas relacionados:
Régimen de visitas 4/7/2001
Pensando en lo peor 2/7/2001

Descargue el texto completo del auto de procesamiento

Todos los documentos están compactados en formato zip.
Si no tiene instalado ningún descompresor en su máquina, puede obtenerlo haciendo click en el link correspondiente.
- Descompresor para Windows 3.X, 95, 98, NT, 2000.
- Descompresor para Linux / Unix.

Si encuentra alguna dificultad o necesita ayuda escríbanos a info@diariojudicial.com.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486