De esta forma, la entidad deberá pagar 25.000 pesos a Susana Gornati Outeda, una especialista en canaricultura que estaba incluida en una supuesta "lista negra" de deudores de la entidad por lo que no pudo acceder a un puesto de mayor jerarquía en su trabajo.
Prada Errecart propuso además una reforma legislativa para instaurar la figura delictual de los "daños punitivos" a fin de "prevenir de futuras conductas dañosas y que resulte ejemplificadora para los dañadores".
"El ordenamiento jurídico no debe contemplar de brazos cruzados que una entidad financiera cometa ilícitos al amparo del cálculo de que los daños reparables serán inferiores a las ganancias obtenidas", expresó el magistrado que, asimismo, propuso crear "penas civiles a favor de las propias víctimas o de terceros" como consecuencia del "obrar negligente de un banco".
El perjuicio para la cliente de la entidad bancaria significó la "desafectación de tareas de amplia confianza a raíz de la inclusión incorrecta en un listado de deudores, lo que le impidió plasmar un ascenso merecido en la Unión de Criadores del Canario Roller Argentino” consideró el juez Prada Errecart.
Para el magistrado, la figura propuesta de los "daños punitivos" debería aplicarse cuando "quien contraría el ordenamiento jurídico causando un daño a otro, actúa deliberadamente con el propósito de obtener un rédito de esa actividad o con grave menosprecio de los derechos de terceros".
En un caso anterior, Prada Errecart había condenado a la Organización Veraz, que proporciona información financiera sobre empresas y particulares, pagar una indemnización de diez mil pesos por haber proporcionado información errónea e incoporar a un abogado a su lista.
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