27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Patacón: La provincia aceptará la resolución del tribunal ad hoc

Fue por decisión del gobernador Carlos Ruckauf, a quien se le impuso una caución juratoria para responsabilizarse por los perjuicios que el pago en bonos pudiera generar a quienes accionaron. FALLO COMPLETO

 
La provincia de Buenos Aires no apelará ante la Corte Suprema de Justicia la decisión del tribunal ad hoc que levantó las medidas cautelares contra el pago de sueldos en patacones y responsabilizó al Estado y al gobernador Carlos Ruckauf de los posibles perjuicios que la decisión pudiera provocar. El fiscal de Estado provincial, Ricardo Szelagowski, aclaró que el recurso contra la decisión de la Suprema Corte provisoria será presentado "a título personal" por Ruckauf, ya que "es un tema personal".

El gobernador bonaerense había solicitado que se levantara la medida dictada por el juez laboral Claudio Andino argumentando que era aplicable el artículo 22 de la ley 7166, que establece que "cuando la suspensión acordada por la medida de no innovar afecte al servicio público o a la administración, podrá ser dejada sin efecto por el Juez o Tribunal, quien deberá declarar a cargo de la autoridad demandada o personalmente de los que la desempeñen, la responsabilidad de los perjuicios que se deriven de la ejecución".

La Suprema Corte conformada por conjueces por la excusación de los magistrados naturales -a quienes también les serían pagados sus salarios en bonos- no hizo más que responder a la solicitud del gobernador al decidir que la provincia y Ruckauf deberán "prestar la pertinente caución por los perjuicios que la ejecución de las decisiones impugnadas en la demanda pudiese ocasionar a los accionantes".

El gobernador, no dispuesto a poner en juego su patrimonio, decidió no comenzar a pagar los sueldos con patacones, lo que provocó la ira de algunos sectores judiciales agremiados en la Asociación de Magistrados provincial, que se quejaron por el retraso en el cobro mientras que ellos no impugnaron la cesión de los bonos.

El presidente de la Corte de conjueces de la Provincia, Epifanio Condorelli, afirmó hoy en declaraciones a la prensa que el pago de salarios en patacones está habilitado ya que el Ejecutivo provincial "no puede desoír lo que dice un tribunal de justicia”.

Desde el punto de vista jurídico el pago con bonos es posible, pero ahora es el Ejecutivo provincial quien es reticente a iniciar la entrega de los patacones. Según consideró Condorelli, la única forma de suspender el pago de salarios en bonos sería que la propia Corte de conjueces acepte una eventual apelación del gobernador, ya que según advirtió este último no hay efectivo para completar el pago de los salarios.

La Legislatura con sede en La Plata aprobó el pago parcial con patacones para los salarios superiores a los 740 pesos mensuales, en tanto que hasta esa suma se debe abonar en moneda de curso legal. Las medidas cautelares dictadas por la justicia bonaerense alcanzaban en sus efectos al menos a 120 mil empleados.

Temas relacionados:
Al Patacón el único que lo quiere es Patoruzú 31/7/2001

Descargue el texto completo del fallo

Todos los documentos están compactados en formato zip.
Si no tiene instalado ningún descompresor en su máquina, puede obtenerlo haciendo click en el link correspondiente.
- Descompresor para Windows 3.X, 95, 98, NT, 2000.
- Descompresor para Linux / Unix.

Si encuentra alguna dificultad o necesita ayuda escríbanos a info@diariojudicial.com.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486