Carrió y Cafiero, acompañados por el diputado socialista Alfredo Bravo se entrevistaron hoy con el fiscal federal Miguel Angel Osorio en quien el juez federal Gabriel Cavallo, a cargo del juzgado de Oyarbide mientras se substanció el juicio político del cual fue absuelto, había delegado la investigación a raíz de una denuncia que formuló el abogado José Luis Fabris.
Cabe recordar que, a su vez, el dirigente justicialista Gabriel Labaké presentó con posterioridad una denuncia similar pero ante el juez federal Jorge Luis Ballestero, por entender que éste magistrado había analizado la legitimidad de la deuda externa y que ambos hechos se encontraban emparentados.
Ballestero se declaró incompetente y giró las actuaciones a Cavallo, que las delegó en Osorio. Según aseguró Carrió, el representante del Ministerio Público les comunicó durante la reunión de hoy que se encuentra en condiciones de solicitar la indagatoria del ministro de Economía, Domingo Cavallo, por los delitos de “abuso de autoridad, negocios incompatibles con la función pública y malversacion de caudales públicos”.
Además, la dirigente del ARI sostuvo que en la misma condición se encuentran el viceministro de Economía Daniel Marx; los funcionarios de esa cartera Julio Dreizzer y Guillermo Mondino (Jefe de asesores) y los titulares de los bancos intervinientes en la operatoria Eduardo Escassany(Galicia) y David Mulford (Credit Suisse First Boston), entre otros.
Cafiero reiteró que la operatoria del Megacanje ocasionó al Estado Nacional un incremento de la deuda en 52 mil millones de dólares, en tanto Carrió sostuvo que en el expediente se da cuenta de “reuniones privadas donde se cambiaron las tasas” con las cuales se negociaron los títulos de la deuda externa argentina.
“Este es el robo del siglo y vamos a impedir la impunidad”, enfatizó la legisladora.
Asimismo, los diputados fundaron su reclamo formal para ser tenidos como querellantes en la causa que se tramita en el juzgado de Oyarbide al sostener que “se ha configurado un avasallamiento de nuestras facultades legislativas al atentar contra la división de poderes; violentando la reserva de ley” al asumir el Poder Ejecutivo Nacional “las funciones legislativas en desmedro del mandato popular”.
En ese sentido, recordaron que el artículo 99, inciso tercero, “prohibe al Ejecutivo Nacional, bajo pena de nulidad absoluta e insalvable, emitir disposiciones de carácter legislativo”.
Por otra parte, denunciaron públicamente que Oyarbide “en dos horas leyó los catorce cuerpos del expediente” y se declaró incompetente para continuar con el trámite de la causa, razón por la cual lo recusaron y solicitaron que se declare la nulidad de esa medida.
También sostuvieron que en el caso de ser reconocidos como querellantes, Oyarbide deberá apartarse del expediente porque fueron ellos quienes impulsaron la acusación en la Cámara de Diputados, cuando el magistrado fue sometido a juicio por el antiguo régimen, antes de la creación del Consejo de la Magistratura, aunque la alegada no es una de las causales de recusación previstas por el Código Procesal.