Al menos dos proyectos legislativos han sido presentados para hacer desaparecer
la Dirección de Investigaciones de la Oficina Anticorrupción (OA) que él encabeza.
Uno presentado por la diputada peronista Lelia Chaya, que pretende extinguir
toda la OA; otro que aún no tiene estado parlamentario, fue acompañado por el
Procurador General de la Nación y tiene dos artículos: En uno trata sobre las
funciones de la Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas (FNIA),
y en otro disuelve la Dirección de Investigaciones de la OA. La respuesta de
Manuel Garrido fue ambiciosa; se presentó en el concurso para cubrir la vacante
que dejó en la FNIA tras su muerte Jorge Pinzón, pero mientras tanto plantea
un tema de debate: "¿En qué medida la existencia o fortalecimiento de un organismo
de control implica la disolución de otro?".
Garrido llegó a la OA tras su paso como secretario por la Cámara Federal Penal
de la Capital y con su halo de joven y brillante penalista. Después de un año
y medio en el cargo, se jacta de haber sido efectivo en su trabajo al lograr
el procesamiento de varios funcionarios de la Administración Pública (de los
de antes y de los de ahora), y parece no preocuparse demasiado por las acusaciones
de ser un perseguidor de menemistas.
Diariojudicial.com: Si tuviera que plantear algún proyecto de complementación,
¿cómo lo plantearía?
Manuel Garrido: Creo que la idea fundamental es que cuanto más órganos
de control haya, es mejor. Partimos de una premisa equivocada si consideramos
que por haber un organismo que funciona bien, eso implica que haya que disolver
otro. Que la Sigen (Sindicatura General de la Nación) funcione bien no signifique
que la AGN (Auditoría General de la Nación) no tenga que existir, sino que es
bueno que funcionen las dos, y si queda algún espacio no sujeto a auditoría
o a control, que eventualmente se piense en algún otro. Nosotros no hacemos
lo mismo que ellos, sobre la base de los resultados que obtienen esos órganos
de auditoría, si entendemos que hay algún elemento que deba ser investigado
o que pueda constituir un delito, ahí intervenimos. Somos absolutamente complementarios.
Me parece que hay que pensar en mejorar los organismos de control y en todo
caso crear nuevos. Es como las organizaciones de Derechos Humanos: que haya
algunas que funcionen mejor que otras no significa que tenga que haber pocas.
Por otro lado si uno tiene en cuenta la tarea que hace la Dirección de Políticas
de Transparencia de la Oficina con las declaraciones juradas, uno se va a dar
cuenta de que ahí hay un espacio muy grande en el que el Poder Ejecutivo ha
mostrado un mayor compromiso que el resto de los poderes, y mayor diligencia
en el cumplimiento de la ley de Ética Pública.
Dju: Desde el punto de vista económico, ¿son mayores los ahorros que se logran
con los organismos de control o el gasto que generan lo sobrepasa?
MG: Es notable lo que aportan. Hay dos aspectos, por un lado a través de una
prevención general en la medida en que haya persecución y se descubran hechos
ilícitos y se demuestre que hay consecuencias, y por el otro en relación a hechos
que han sido investigados por la Oficina y que están siendo objeto de reclamos
por responsabilidad civil, auque es un tema que pasa a la Procuración del Tesoro,
que es la que maneja la acción civil. Nosotros, cuando advertimos un perjuicio
concreto por un caso de corrupción, lo que hacemos es ponerlo en conocimiento
de la Procuración o del organismo, que también podría ejercer la acción civil.
Uno de los casos más notorios, que está siendo objeto de discusión ahora es
el del reconocimiento de los 100 millones de dólares al Correo Argentino por
retiros voluntarios. Cuando se hizo la privatización había un convenio que exigía
un aporte estatal durante los primeros años. Esos cien millones de pueden ser
computados como inversión pública. Y no se trata de un invento nuestro, sino
que está hecho en base a los dictámenes de la oficina de la contaduría pública,
y de los órganos del estado que se encargan de determinar qué es inversión pública
y que no. Los dos millones que le cuesta la OA al Estado por año se recuperan
sólo con los asesoramientos que hizo la Dirección de Políticas de Transparencia
en licitaciones, algunas de ellas inclusive internas de este Ministerio (de
Justicia, del que depende jerárquicamente la OA). Ni hablemos del ahorro que
genera la Sigen.
Dju: Massoni siempre hace hincapié en el principio de oportunidad que rige en
la Oficina.
MG: En la Oficina es una herramienta que sirve para compatibilizar el diseño
de un organismo más bien pequeño con la gran cantidad de delitos de corrupción
que son denunciados o que pueden llegar a su conocimiento. De otra forma se
trabajaría en paralelo con el Ministerio Público, y es impensable que esto pueda
ser así. Lo ideal es que se ocupe de casos trascendentes.
Dju: ¿Paradigmáticos?
MG: No sé si paradigmáticos, porque es una palabra utilizada con bastante mala
intención para cuestionar a la OA con los casos paradigmáticos del menemismo.
Pero lo de los casos paradigmáticos fue algo que se dijo durante la campaña
para las elecciones presidenciales de 1999 y que ahora se sigue repitiendo.
Pero en la medida en que el gobierno optó por crear una Oficina permanente con
competencia general para casos de corrupción, y sin ninguna limitación hacia
el pasado, lo que se demostró es la voluntad de que se investigue más allá de
los casos paradigmáticos.
Dju: El trabajo de la OA es perseguir la corrupción de los funcionarios. Raúl
Zaffaroni decía en un reportaje con Diariojudicial.com que el poder económico
los utiliza y después los tira, ¿es una frustración llegar quizás sólo a una
de las partes de un delito? O, en todo caso, ¿qué posibilidad tienen también
de investigar a la otra parte, responsable del delito económico?
MG: Nuestra competencia es respecto de funcionarios públicos, pero en los hechos
siempre hay privados que se benefician y que pueden ser partícipes de esas conductas
delictivas. Muchas de las causas que iniciamos tuvieron consecuencias procesales
para empresarios involucrados. Obviamente no vamos a cambiar a la sociedad o
el sistema penal desde esta oficina. Investigar hechos de corrupción, perniciosos
para la sociedad como son, es mucho menos frustrante que perseguir a los sectores
más vulnerables. Como operador del sistema penal, esta actividad es mucho menos
frustrante a la que puede sentir alguien que acuse a los pobres que roben para
subsistir.
Dju: Además queda demostrado que el delito no está exclusivamente asociado a
la pobreza o a la marginalidad.
MG: Está instalado que el delito es exclusivamente el cometido contra la propiedad,
y solo ciertos delitos contra la propiedad. En realidad acá vemos todos los
días delitos contra la propiedad; los delitos contra la administración pública
van acompañados por delitos contra la propiedad, aunque son bastante más complicados,
como la administración fraudulenta, o la sustracción de caudales públicos, por
dar sólo algunos ejemplos. Esto permite confrontar la idea de que el delincuente
es el pobre que roba pasacassettes.
Dju: Desde lo académico resulta claro, pero la tarea de la Oficina parecería
importante en relación con su repercusión pública.
MG: Sí, y además se refleja en la Justicia. Porque la OA denuncia los hechos
y algunos de ellos los impulsa mediante querella. Lo importante es que haya
un salto cualitativo en la actuación judicial respecto de estos casos, porque
además son muchos más perjudiciales para la sociedad que un robo aislado o un
delito contra la propiedad de los tradicionales. Probablemente esto lo pueda
responder mejor Mariano Ciafardini (secretario de Política Criminal de la Nación),
pero me parece que una política criminal de un sistema democrático contemporáneo
debería atender sobre todo los delitos que causan más perjuicio. Y acá estamos
hablando de cientos de millones de dólares, que no se pueden comparar con los
llamados delitos comunes. Es obvio que la persecución de hechos de corrupción
no va a cambiar un sistema que esté generando los factores que los delitos ocurran.
Cualquier criminólogo lo podría explicar mejor, pero la persecución penal no
cambia las causas. Nos pasa habitualmente cuando buscamos precedentes de los
delitos que investigamos: hay muy poca jurisprudencia, y estamos hablando de
décadas. Se trata de delitos de poca visibilidad. Por otro lado hay que tener
en cuenta que el cambio de óptica respecto del fenómeno de la corrupción no
es algo que pase aisladamente en la Argentina porque haya habido hartazgo. Se
trata de una tendencia mundial, en la que también aparecen intereses privados,
porque la corrupción también afecta la libre competencia, intereses poderosos
de naturaleza económica. Es decir que la corrupción no sólo afecta al sistema
democrático al torcer las decisiones públicas cuando se supone que los representantes
tienen que decidir en base a criterios de imparcialidad que favorezcan a la
ciudadanía que los votó, sino que en forma paralela hay también una alteración
del sistema de mercado, por eso confluyen intereses muy importantes que están
impulsando globalmente la lucha y la mejora de la persecución penal de la corrupción.
Dju: Quiere decir que no es un problema que se reduzca a la Argentina.
MG: En Argentina siempre tenemos una visión bastante miope de las cosas, y pensamos
que se nos ocurrió a nosotros o que las cosas sólo pasan en nuestro país. Por
eso creo que todo esto es parte de un proceso que es cada vez más importante,
que va a tener que mejorar la Justicia respecto de la persecución de hechos
de corrupción, va a tener que mejorar el Ministerio Público, el Estado en general
a través de la mejora y de la creación de más órganos de control, porque hay
un interés global en que haya menos corrupción.
Dju: ¿Pero quienes manejan el poder se benefician más con la lucha contra la
corrupción o con los resultados que pueden obtener de ella? ¿Hasta qué punto
los sectores económicos pregonan por la lucha contra la corrupción?
MG: Creo que a la larga que bajen los niveles de la corrupción beneficia a todos.
De hecho tampoco la economía argentina está aislada de las otras. Es cierto
que no va a beneficiar a quien está cometiendo hechos de corrupción en un caso
en particular.
Dju: Antes hablaba de vulnerabilidad, un tema de dogmática penal que está en
boga. Zaffaroni ha planteado una culpabilidad por vulnerabilidad en la que el
reproche es mayor si el nivel de vulnerabilidad de la persona es menor, y por
lo tanto mayor es el esfuerzo por ser criminalizado. El caso prototípico es
el de los funcionarios públicos que desde la OA se han denunciado.
MG: En una sociedad como la argentina, con un sistema social con una importante
masa de población pauperizada, por debajo de la línea de subsistencia, quienes
son menos vulnerables por su posición en esa sociedad -por tener dinero o ejercer
el poder-, obviamente deben ser objeto de mayor reproche en el caso de que abusen.
Dju: Lo que se plantea además es que en realidad son invulnerables en un momento,
pero después se les retira la cobertura, y al ser criminalizados hasta terminan
legitimando todo el sistema. De alguna manera, de esta explicación se podría
inferir que la OA termina siendo también funcional.
MG: Si yo pensara esto, no me gustaría tanto el trabajo que hago. En definitiva
lo que uno tiene que demostrar es que no tiene que haber invulnerabilidad, y
si hay delitos cometidos por personas que tienen poder, que estos dejen de ser
invulnerables. Es parte de la reconstrucción de la utopía liberal, de que todos
somos iguales ante la ley, del iluminismo. Este es el discurso hoy en la academia,
rescatar las garantías, reducir la legislación de emergencia, inclusive hay
críticas al principio de oportunidad: para Luigi Ferrajoli es un factor de desigualdad,
y así se contrapone al sistema procesal norteamericano. Pide que la discusión
en el proceso sea igualitaria, pero que al mismo tiempo se destipifiquen los
delitos de poca monta. Por eso, si nosotros perseguimos delitos que no son de
poca monta no tenemos porqué estar frustrados. Quizás lo estemos cuando no descubrimos
o nos falta prueba o no logramos una decisión.
Dju: ¿La decisión de la Cámara fue frustrante con relación a la situación procesal
de Víctor Alderete?
MG: La de la Corte fue frustrante.
Dju: Quiere decir que a partir de la resolución de la Corte Suprema ustedes
ya sabían que se venía la decisión de la Cámara Federal y que Alderete quedaría
libre.
MG: Sí.
Dju: Entonces fue frustrante, y debe haber sido también criticable, ¿en qué
sentido?
MG: Fue una decisión extraordinaria, porque la Corte decidió sobre un auto de
procesamiento. Ahora habrá que evaluar qué consecuencias tendrá sobre el funcionamiento
de la Corte que a partir de ahora también sea tribunal de cuarta instancia en
interlocutorios... Es decir, si hay que aplicar este criterio en todo el universo
de casos de autos de procesamiento con prisión preventiva, creo que va a ser
una carga de tareas impresionante para la Corte que no sé cómo va a hacer.
Dju: Habiendo conocido al fuero federal después de ser secretario de la Cámara,
¿qué interpretación podría dar de la negativa de varios jueces y fiscales de
primera instancia de no reconocer la capacidad de la OA para querellar a pesar
de que ambas salas ya la ha aceptado en sendos casos?
MG: La facultad de querellar es muy importante para la Oficina, porque le permite
impulsar una serie de procedimientos, además de conocer lo que pasa en el expediente
y aportar prueba que puede ser relevante. Sobre todo en los casos donde la OA
ha sido impulsora, conoce los testigos, sabe dónde buscar la prueba, es importantísima
la facultad. Y las dos salas la han reconocido en concordancia con lo que establece
la ley de Ministerios. En realidad me parece una discusión estéril, porque de
ninguna manera la facultad de querellar de la OA recorta facultades de los fiscales,
que pueden tranquilamente seguir haciendo su trabajo. Además esta capacidad
se le reconoció históricamente al Estado en cabeza de distintos organismos de
la Administración Pública; puede querellar el Banco Central, lo puede hacer
el ANSES, el PAMI, la Procuración del Tesoro. En realidad se trata de traducir
a lenguaje jurídico una disputa puramente política.
Dju: ¿Quiere decir que desde le Procuración General se ha sentido una pérdida
de poder?
MG: Al contrario. Trabajamos mucho con los fiscales, y en la gran mayoría de
los casos la Oficina no se presentó como querellante y lo que hace cuando puede
es acompañar con algún tipo de colaboración a los propios fiscales. Quizás al
principio pudo haber algo así, pero la verdad es que hablamos y cooperamos mucho
con ellos. Por razones obvias quienes no quieren que la OA sea querellante son
los propios imputados, porque cuantos más acusadores haya la situación será
más delicada, pero hay que diferenciar los planos.
Dju: ¿La Oficina Anticorrupción vendría a representar al Estado como víctima
del delito?
MG: Uno de los argumentos es que se representa el interés del estado, que es
la víctima, y que el Ministerio Público tiene que velar además por los intereses
de la sociedad y también por los derechos del imputado. En ese sentido también
se marcan las diferencias.
Dju: Un tema polémico para la Oficina sobre el que lo interrogaron en el Consejo
de la Magistratura durante la entrevista para acceder a la Cámara Federal es
el de la constitucionalidad del tipo de enriquecimiento ilícito, y la OA ha
hecho sólo dos denuncias bajo esta figura...
MG: Está siendo discutido a nivel doctrinario y jurisprudencial, y la OA está
haciendo un seminario para evaluar las opiniones con el derecho comparado, para
eventualmente opinar sobre su constitucionalidad o proponer alguna reforma.
De hecho, la propia Convención Interamericana contra la Corrupción establece
como obligación para los estados incorporar esta figura en su legislación interna
de acuerdo con sus garantías constitucionales. Estamos en una tarea de investigación
de las cuestiones teóricas y jurídicas vinculadas con el tipo.
Dju: Mark Pieth, especialista suizo en la investigación de delitos de lavado
dinero y de corrupción decía que el tipo de enriquecimiento ilícito argentino
podría traer complicaciones en la cooperación con su país, porque allí sería
inconstitucional.
MG: El problema es de la doble incriminación, porque no está redactado de esa
forma en la legislación europea. Pero no es un problema de constitucionalidad.
Dju: ¿Y en materia de la inversión de la carga de la prueba?
MG: Creo que no es inconstitucional porque la conducta está bien delimitada,
que la garantía de que nadie está obligado a declarar en su contra no se extiende
a la actuación de la administración -en la medida en que el requerimiento no
lo haga la autoridad judicial-. De todas formas, al no haberse aplicado casi
nunca en la práctica jurisprudencial argentina, es necesario de un estudio mucho
más profundo y que se evalúe cómo juega en concurso con los demás tipos penales
que se atribuyen a los mismos funcionarios. De hecho, en la práctica de la Oficina,
lo que observamos es que al mismo funcionario se le lleva un proceso por enriquecimiento
ilícito en un juzgado, por administración fraudulenta en otro, por cohecho en
otro, lo que en principio me parece un absurdo, porque indudablemente hay una
vinculación entre los distintos hechos, y hay que tener cuidado de que no haya
una doble incriminación por la doble conducta. Por eso, el tema requiere de
una discusión más seria que sea trasladada a la jurisprudencia. La práctica
desde que el tipo está vigente es la de la no persecución. En realidad es una
especie de fetiche que está en el Código Penal, pero que no se ha aplicado.
Nosotros hemos hechas denuncias por este tipo penal, pero el mayor problema,
más allá de la constitucionalidad, es que es de muy difícil prueba. Sí es muy
relevante la recopilación de la información que se hace a través de las declaraciones
juradas, pero esto es en vistas al futuro y no hacia el pasado. Además existe
una serie de mecanismos financieros tendientes a ocultar el dinero negro, por
lo tanto esta es otra de las dificultades para la prueba. Supuestamente se utiliza
para sancionar a aquellos que son hábiles en eludir la investigación de los
hechos que se les imputan, y si se va luchar contra la impunidad a través de
un tipo penal que no se aplica es una paradoja.
Dju: ¿Cuáles son sus expectativas en el concurso para la Fiscalía Nacional de
Investigaciones Administrativas?
MG: Creo que es un cargo importante, trascendente para el sistema institucional,
y por razones obvias y de vocación personal me inscribí en ese concurso, pero
veo que se inscribió mucha gente que podría cumplir muy adecuadamente ese rol
-dice Garrido diplomáticamente.
Dju: No son tantos...
MG: Son 18 -completa con una sonrisa irónica-. Para eso se hacen los concursos,
para ver quién está en las mejores condiciones.