27 de Diciembre de 2024
Edición 7120 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/12/2024

Estado de situación

Diariojudicial.com inicia sus informes sobre el estado del Poder Judicial de todo el país. Hoy empezamos a ver casos de oficinas judiciales que modificaron su forma de trabajar y nos enteraremos de los resultados alcanzados.

 

Todos los que transitan por los distintos tribunales del país, sean nacionales o provinciales, pueden dar cuenta de sus falencias: Juzgados atiborrados de expedientes, juicios eternos, mala atención a las partes y a los letrados, exceso de burocracia y ritualismo, etc. Con la idea de investigar distintas propuestas para solucionar este problema, e iniciar un debate con la participación de nuestros lectores, Diariojudicial.com dialogó con miembros de FORES.
FORES (Foro de estudios sobre la administración de justicia), es un centro de estudios que no se limita a la investigación teórica, sino que busca crear en todo el país un movimiento de opinión en torno al problema de la Justicia y su solución.
Su Director Académico, el Dr. Héctor Chayer nos presentó el resultado de alguna de las investigaciones que allí se llevan a cabo.

Así, hoy comenzamos con el primero de una serie de informes sobre la situación de la Justicia en nuestro país. Empezamos analizando un concepto que quizás parezca demasiado teórico pero que tiene indudable aplicación en la práctica de la dura tarea de administrar justicia, tal como veremos mas adelante. Nos referimos al concepto de "Oficina Judicial".
Dejemos que sea el Dr. Chayer quien nos lo explique:


HCH: Por oficina judicial entendemos una unidad mínima de producción judicial que aporta la estructura técnica y humana necesaria para la tramitación de los procesos. Por ejemplo una fiscalía, un juzgado de Instrucción , una Corte, etc.

Las oficinas judiciales argentinas se vienen replicando en su estructura y mantenimiento desde la creación del poder judicial mismo. Por ejemplo se crea un juzgado en la Ciudad de Rosario y otro con la misma competencia en una ciudad mucho mas pequeña y tiene la misma cantidad de empleados. Por otro lado estas estructuras no están en absoluto diseñadas para el trabajo que van a realizar ni para la carga de trabajo que van a recibir. Así tenemos estructuras sobre y subdimensionadas. La cultura de trabajo de estas unidades judiciales tiende al ritualismo y al formalismo, por ejemplo, dejando exclusivamente a la parte, en el ámbito civil, el impulso del proceso, en vez de utilizar un sano activismo judicial.
Nosotros planteamos un cambio organizacional en la justicia. En primer lugar, hacer una separación funcional en dos tipos de justicia. La justicia que aborda los casos simples, que debe ser de respuesta inmediata y la que aborda los casos complejos, cuyo tramite se adapta mas al proceso y forma de trabajo actual. No es una separación por el monto de la causa sino por la complejidad de la misma. Una ejecución hipotecaria, no importa el monto, tiene una tramitación simple por parte del juzgado. En función de los valores que haya que privilegiar en cada tipo de proceso habrá distintos modelos de oficinas judiciales.


Dju: ¿Cuáles serían esos modelos?

HCH: Podemos hablar de cuatro modelos de Oficinas Judiciales:

Oficina reducida: Aquí se privilegia la inmediación e intervención directa del juez. es un modelo apropiado para los juzgados o fiscalías de instrucción y para los juzgados que lleven adelante procesos de conocimiento. Hay pocos empleados. Hablamos de inmediación porque no hay muchos empleados entre los justiciables y el juez. el juez tiene un gran contacto con las partes.

Oficina reducida con equipo: Aquí también se privilegia la inmediación, pero además se brinda soporte interdisciplinario, como sería el caso de lo que necesitan los juzgados de menores, de familia y de concursos. Son pocos empleados pero tenemos un equipo de apoyo compuesto, por ejemplo, por contadores o asistentes sociales.

Gran oficina: Donde se privilegia la celeridad y la tramitación masiva de expedientes y hay poca actividad jurisdiccional, como es el caso de los juzgados de ejecución civil, comercial o penal.
Tengamos en cuenta que los juicios ejecutivos constituyen dos tercios de la carga de trabajo del fuero comercial de la Nación, pero la actividad del juez es escasa. Un juez no llega a firmar mas de tres veces en un juicio ejecutivo pero lo que si existe es un gran volumen de trabajo. Acá se necesitan muchos empleados, porque se necesita mucho trabajo administrativo y de tramite de atención al publico y poca intervención del juez.

Oficina de gestión común: Funcionan dando apoyo a la actividad decisoria del juez. los ejemplos son los juzgados de garantías, las cámaras de apelaciones o la Corte. Las llamamos oficinas de gestión común porque brindan servicios comunes a varias unidades judiciales. Por ejemplo, en una Cámara de Apelaciones hay todo un tramite del expediente que es previo a que entre a voto de los jueces y que puede hacerse en una oficina única de tramites en vez de que cada Sala tenga su mesa de entradas.

Es decir, se trata de saber para que va a estar dedicada una oficina judicial determinada y adecuar su estructura a ese propósito, como se hace en cualquier organización.

Estos diferentes modelos de oficinas judiciales se encuentran detallados en el Plan Nacional de Reforma Judicial, presentado por FORES en 1998, que fue realizado por encargo del Ministerio de Justicia de la Nación.

Por supuesto, todo esto debe ir acompañado por un cambio en la cultura del trabajo de tribunales, que pasa por la capacitación del personal, una disminución del ritualismo, un mayor contacto con los justiciables y un uso adecuado de las herramientas tecnológicas, cosa esta ultima que hoy no se hace ni en los juzgados que están bien provistos de software y hardware.


Oficinas Judiciales: Algunos ejemplos

A continuación, FORES nos muestra, a titulo de ejemplos de buena o mala gestión de una oficina judicial, los siguientes casos:

Caso 1: Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Pergamino

Su titular es el Dr. Ariel Pelayo Labrada. Este juez, en cuyo juzgado se tramitan unas 1600 causas anuales, tomó una serie de medidas, sin aumentar personal ni presupuesto ni, por supuesto, modificar ley alguna.
Por ejemplo, para estimular el cumplimiento de los estándares de duración de un proceso, en la carátula de cada expediente, se pone la fecha de inicio del expediente, el responsable de llevar la causa en el juzgado, el tiempo real de tramite y el tiempo estándar, es decir el tiempo estimado de duración del proceso. Los resultados fueron sorprendentes. En promedio, este es el tiempo que dura la tramitación de un expediente en ese juzgado:

*Alimentos: 30 días.
* Tutela: 20 días.
* Cobro ejecutivo: 20 días
* Divorcio por presentación conjunta: 80 días.
*Divorcio convertido durante la primera audiencia en causal objetiva (art. 214 CC): 30 días
*Daños y perjuicios (sin demoras ocasionadas por la causa penal): 120 días

Una medida que usa este juzgado es tener en la mesa de entradas un teléfono para que los letrados o partes puedan comunicarse con el juez o secretario y evacuar sus dudas. Por otro lado se advierte en el juzgado una clara concepción del trabajo en equipo. Hay una terminal de autoconsulta en la mesa de entradas, para uso de los letrados. Hay que tener en cuenta que la oficina de notificaciones de Pergamino, notifica en el día.


Caso 2: Tercera Cámara del Trabajo de Mendoza

Ahí existe un proceso eminentemente oral. Los jueces se encontraban con que gran cantidad de audiencias de vistas de causa se suspendían porque faltaban tramites previos, no se había notificado un testigo, faltaba un dictamen pericial, etc.
Se tomaron las siguientes medidas:

*Solo se acepta la prorroga de audiencias de vista de causa una vez comenzadas por una sola vez, para completar una testimonial faltante que alguna parte considera fundamental, con el emplazamiento de finalizar la audiencia en la fecha no obstante la incomparencia del testigo.
*Aplicando la legislación vigente, se sumarizaron los procesos de menor cuantía (de menos de 2000 $) y los procesos con partes en rebeldía, comunicando el objetivo a los letrados y evitando así fijar la audiencia oral.

Los resultados fueron muy favorables. En 1996 el tribunal dictó 295 sentencias. En 1998, aplicando las medidas antes mencionadas, se dictaron 559.
también mejoraron considerablemente los resultados de las audiencias de conciliación: De mas de 200 audiencias fracasadas, el numero bajó a 100.
Hay que destacar que en este caso tampoco hubo incremento alguno de personal o presupuesto.

Esto no termina aquí

El lunes veremos otros casos de oficinas judiciales eficientes e ineficientes, entre ellas, el caso de algunas iniciativas tomadas en el fuero comercial de la Nación y en la tramitación de causas penales que involucran a NN.



dr. jorge oscar rossi / dju
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