04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Volvió Cavallo

El ex ministro de Economía Domingo Felipe Cavallo defendió hoy ante el juez federal Jorge Luis Ballestero el dictado de la resolución 850/01 que en diciembre pasado ordenó a las entidades financieras abstenerse de cumplir las resoluciones judiciales que ordenaban la devolución de los depósitos atrapados en el "corralito financiero". TEXTO DE LA RESOLUCIÓN CUESTIONADA

 
Cavallo entregó al magistrado un voluminoso escrito en el que aseguró que la resolución buscaba "establecer un sistema de control de los depósitos bancarios congelados" y rechazó haber tenido la intención de "desobedecer a la Justicia". El declarante dijo que esa resolución pretendía que sólo que se hiciera lugar a las medidas cautelares cuando estuvieran "firmes".

El ex ministro de Economía llegó antes de lo previsto, acompañado por los abogados Eduardo Oderigo y Alfredo Castañón, ex secretario Legal y Administrativo de Economía. Como ya había hecho alguna vez para eludir a los periodistas, el ex funcionario comenzó a declarar a las 7:30 aunque la audiencia había sido fijada para las 11:00. Sólo una hora bastó para que Cavallo se defendiera de los delitos de "abuso de autoridad" e "incumplimiento de los deberes de funcionario público".

El fiscal interviniente en la causa, Gerardo Di Masi, había calificado la conducta penal del ex ministro como presunta instigación al delito, contemplado en el artículo 209 del Código Penal. El 18 de diciembre pasado los abogados Héctor Recalde y Juan María Aberg Cobo lo denunciaron ante la justicia federal.

Uno de los tópicos cuestionados por los denunciantes fue la disposición de que "las entidades sujetas a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina no podrán aceptar bajo ningún concepto las mandas judiciales cuyo cumplimiento quedará condicionado a la previa intervención del Estado Nacional en los juicios en las que se dicten", tal como señalaba la resolución mencionada.



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