La Corte firmó esta resolución en el último Acuerdo ante la falta de informes cursados por magistrados civiles, con excepción de los juzgados 10,20 y 21, respecto de cuales fueron los empleados que pararon o hicieron retención de tareas en sus lugares de trabajo en protesta por el no cobro de sus sueldos en los primeros días del mes de febrero.
La medida de fuerza había sido anunciada por dirigentes de la Asociación Judicial Bonaerense ante el atraso en el pago de sueldos, que deben cumplirse, con normalidad, en el tercer día hábil de cada mes.
Para esta nueva resolución, que lleva el número 41, la Corte se basó en informes del cuerpo de inspectores del departamento judicial La Plata que dieron cuenta que en los primeros días de febrero hubo "serios inconvenientes en el desarrollo de la actividad judicial".
Por otra parte, se señaló que "los informes remitidos por los magistrados y funcionarios a cargo de los organismos judiciales refieren sólo a la asistencia o inasistencia del personal, sin hacer mención de otras modalidades de las medidas de fuerza" como la retención de tareas que sólo "puede ser conocida por quienes tienen la responsabilidad de dirigir las dependencias".
En ese sentido, la Corte sostuvo que "no se advierte actividad alguna de los señores Jueces del Fuero Civil y Comercial del Departamento Judicial La Plata destinada a hacer cesar tales anomalías".