A la ex diputada por la provincia de San Luis Amalia Isequilla se le imputa el delito de haber percibido la remuneración correspondiente a Manuel Natelm, un hombre que encontrándose enfermo le solicitó una obra social, ya que supuso que desde su condición de diputada podría solucionarle el problema. La procesada designó a Natelm como empleado de la Cámara de Diputados, pero, sin embargo, el hombre sólo se vio beneficiado con la asignación del servicio de la obra social que utiliza el personal del Congreso.
Una empleada del Congreso aseguró en su testimonio que la imputada cobraba mensualmente los haberes correspondientes a Natelm, con el consentimiento de este. Sin embargo, un peritaje caligráfico corroboró que Natelm no intervino en las firmas de los formularios correspondientes a la AFJP y otros papeles requeridos con inscripciones atribuidas a su persona, lo que deja en evidencia que el perjudicado era ajeno a los hechos que se sucedían.
Las nulidades planteadas por el abogado defensor de la ex diputada puntana se basaron en la falta de notificación a la imputada del estudio pericial caligráfico y la falta de fundamentación de la resolución impugnada.
Los magistrados Horacio Cattani y Martín Irurzun entendieron que hubo diversos intentos de parte del instructor para hacer saber a la imputada la realización del peritaje. "No es nula la prueba pericial que reviste el carácter de reproducible, existiendo la posibilidad de efectuarla nuevamente".
En cuanto a la falta de motivación de la que se vería viciada la resolución impugnada, los jueces consideraron que "los argumentos sobre los que se basa dicho remedio procesal son meras discrepancias con la valoración efectuada por el juez federal en su auto de mérito, correspondiendo el tratamiento de dicha cuestión en el marco del recurso de apelación".