04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Hoy en día con un solo sueldo no se puede vivir

La Cámara Federal confirmó el procesamiento de una ex diputada nacional, acusada de percibir la remuneración correspondiente a un empleado del Congreso.

 
La Sala II de la Cámara Federal en lo Criminal y Correccional actuó a partir de los pedidos de nulidades planteados por el abogado defensor, Sergio Scorpati, luego del procesamiento dictado por el juez federal Claudio Bonadío, por el presunto delito de defraudación agravada en perjuicio de la administración pública.

A la ex diputada por la provincia de San Luis Amalia Isequilla se le imputa el delito de haber percibido la remuneración correspondiente a Manuel Natelm, un hombre que encontrándose enfermo le solicitó una obra social, ya que supuso que desde su condición de diputada podría solucionarle el problema. La procesada designó a Natelm como empleado de la Cámara de Diputados, pero, sin embargo, el hombre sólo se vio beneficiado con la asignación del servicio de la obra social que utiliza el personal del Congreso.

Una empleada del Congreso aseguró en su testimonio que la imputada cobraba mensualmente los haberes correspondientes a Natelm, con el consentimiento de este. Sin embargo, un peritaje caligráfico corroboró que Natelm no intervino en las firmas de los formularios correspondientes a la AFJP y otros papeles requeridos con inscripciones atribuidas a su persona, lo que deja en evidencia que el perjudicado era ajeno a los hechos que se sucedían.

Las nulidades planteadas por el abogado defensor de la ex diputada puntana se basaron en la falta de notificación a la imputada del estudio pericial caligráfico y la falta de fundamentación de la resolución impugnada.

Los magistrados Horacio Cattani y Martín Irurzun entendieron que hubo diversos intentos de parte del instructor para hacer saber a la imputada la realización del peritaje. "No es nula la prueba pericial que reviste el carácter de reproducible, existiendo la posibilidad de efectuarla nuevamente".

En cuanto a la falta de motivación de la que se vería viciada la resolución impugnada, los jueces consideraron que "los argumentos sobre los que se basa dicho remedio procesal son meras discrepancias con la valoración efectuada por el juez federal en su auto de mérito, correspondiendo el tratamiento de dicha cuestión en el marco del recurso de apelación".



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486