04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Alivio para el Contencioso Administrativo

La Corte Suprema de Justicia resolvió que todas los amparos que se presentaron contra el corralito luego del 15 de febrero se pasarán a tramitar en las secretarias de los juzgados de primera instancia de los fueros Civil, Civil y Comercial federal y del Trabajo. TEXTO COMPLETO DE LA ACORDADA 11/02

 
En ese sentido, los ministros anunciaron que las secretarías mencionadas dependerán, para las causas comprendidas, de los jueces nacionales en lo contencioso administrativo federal competentes.

Además, encomendaron a los presidentes de las Cámaras de los fueros citados que “con la mayor celeridad posible” concuerden la cantidad de causas y el modo en que tomará intervención cada uno de los fueros que fueron elegidos para intentar normalizar la situación de la justicia que se vio afectada por la histórica cantidad de causas que se presentaron contra el PEN.

Los ministros anunciaron que las distintas Cámaras deberán comunicar sus resoluciones antes del 2 de abril del corriente, al tiempo que apuntaron que se “inhabilitaran para tales procesos el martes y jueves sin perjuicio de la validez de los actos procésales cumplidos o que se realicen”.

En su acordada, la número once de este año, los jueces mencionaron que desde febrero la Cámara de Apelaciones del fuero en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó a la Corte que tomará decisiones “con el objetivo de proteger los intereses” de todas las partes involucradas en los reclamos contra las normas del Ejecutivo Nacional.

Al respecto, comentaron que el Procurador del Tesoro peticionó directamente ante el Máximo Tribunal con el objetivo de que se adopten medidas que permitan afrontar “la grave situación que implica la gran presentación de amparos en contra del corralito”.

Entre los considerandos de la acordada que lleva la firma de los ministros Julio Nazareno, Eduardo Moline O´Connor, Carlos Fayt, Adolfo Vázquez, y Guillermo López, se destacó que existieron muchas presentaciones del Colegio Público de Abogados, y de la Unión de Empleados del Poder Judicial de la Nación, en donde se proponían diversas medidas tendientes a superar la “privación de Justicia” generada por la virtual paralización de los procesos promovidos a raíz de la avalancha de amparos en contra de las normas que impuso el ex ministro de Economía Domingo Cavallo.

En tanto, remarcaron que “en este trance, se trata de tutelar una garantía estructural reconocida en la Constitución Nacional” y agregaron que por ese hecho se deben “ceder normas meramente ordenamientos de los procedimientos que, en definitiva, sólo tienen en mira una distribución racional del trabajo entre secretarias”.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486