04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Tema cerrado

La Suprema Corte bonaerense declaró inadmisible un recursoextraordinario de nulidad e inaplicabilidad de ley presentado por el Centro de Estudios Legales y Sociales, respecto de la situación de detenidos en cárceles.

 
En su ultimo Acuerdo, el Máximo Tribunal bonaerense, señaló que los citadosrecursos “sólo proceden contra las sentenciasdefinitivas, entendiendo –en principio- como tales alas que terminan las causas o hagan imposible sucontinuación o las que, recayendo sobre una cuestiónincidental, producen ese mismo efecto respecto de lacausa principal”.

El Centro de Estudios Legales y Sociales habíainterpuesto un habeas corpus para solicitar mejorescondiciones de detención a privados de libertad encárceles bonaerenses, solicitud en la cual el Tribunalde Casación Penal se declaró incompetente.

Respecto de esto último la Corte provincial señalóque “sin perjuicio de otras consideraciones elpronunciamiento del tribunal de Casación, que rechazala acción de habeas corpus intentada, por no resultarcompetente ese Tribunal, no encuadra en los supuestosprecedentemente indicados”.

“Más aún, en el caso, la decisión cuestionada, nosólo no cancela definitivamente los respectivosprocesos principales, sino que ni siquiera hace lopropio –y sin que esto signifique resolver que unsupuesto contrario otorgaría definitividad a aquélresolutorio- con la misma pretensión incoada, la queha sido sometida a los magistrados a cuya disposiciónse encuentran los detenidos por quienes se iniciará laacción”, se agrega en la resolución de la causa“Verbistsky, Horacio” y que fue firmada por losministros Juan Carlos Hitters, EduardoPettigiani, Juan Manuel Salas, Eduardo Néstor DeLázzari y Alberto Pisano.

En disidencia, el ministro Dr. Héctor Negri señalóen su voto que la declaración de incompetencia delTribunal de Casación penal “resulta equiparable asentencia definitiva a los fines de admisibilidad delos recursos interpuestos, dado que estos constituyenla posibilidad prácticamente única de que se revise lavalidez y legalidad de lo resuelto y de lo que podríaobjetivamente derivar en un daño de otro modoirreparable a personas”.



dju / dju
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