Manuela Valenti había promovido una acción de amparo contra el Estado Nacional y la ANSES a fin de obtener protección de sus derechos frente a la sanción del 30 de julio de 2001 de la ley 25.453, por medio de la cual se aplicarían reducciones en los haberes previsionales.
"La ley 25.453 padece una poco feliz técnica legislativa, suerte de pandemónium jurídico, al plasmarse como una miscelánea de diversas materias: fiscal, tributaria, procesal. previsional y constitucional, todo ello en un ámbito básicamente de carácter economicista", señaló el juez.
El magistrado remarcó en su resolución la desigualdad existente entre el Estado y los particulares en cuanto a los privilegios obtenidos. "A los particulares no se nos permite alegar el límite de nuestros recursos disponibles cuando tenemos que hacernos cargo de una deuda. Pero el Estado, que se maneja inicuamente con la ley del embudo, se concede el irritante privilegio de pagar créditos alimentarios cuando puede y cuando quiere. ¿Cuáles son los créditos a los que otorga prioridad? ¿La deuda externa?".
Por este motivo, el magistrado entendió que "queda perfectamente acreditada la amenaza a los derechos que denunciara sufrir la parte actora y que originara la presente acción, pues al reducir la demandada sus haberes previsionales a través de una norma viciada en su génesis deviene procedente la acción instaurada".