24 de Diciembre de 2024
Edición 7118 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/12/2024

Ya fue

Luego de un arduo debate, el Senado derogó la ley 20.840, de subversión económica, e introdujo modificaciones en el Código Penal, algunas de las cuales serían vetadas. TEXTO DE LA LEY SANCIONADA EN EL SENADO

 

Tras siete horas de duro debate, el Poder Ejecutivo consiguió ayer que el Senado derogué la ley 20.840, de subversión económica. La votación, en primera instancia, terminó empatada y para ganar, el justicialismo apeló a la facultad reglamentaria que contabiliza como doble el voto del presidente del cuerpo en caso de empate.

El oficialismo contó con la colaboración de la senadora radical Amanda Isidori, de Río Negro, que solicitó retirarse del recinto por pedido del gobernador de su provincia, Pablo Verani, para no entorpecer la sanción de la ley derogatoria.

Cuando el presidente provisional de la Cámara, Juan Carlos Maqueda, puso en consideración el proyecto, la votación terminó 34 a 34. Ocho senadores del justicialismo, veintidós radicales, uno del Frepaso y tres provinciales votaron en contra.

El sector disidente del justicialismo buscó por todos los medios evitar la derogación de la norma. En ese sentido, el gobernador de Santa Cruz, Néstor Kirchner, envió el jet de su provincia a Corrientes para traer a Buenos Aires al senador del Partido Liberal, Lázaro Chiappe, que pretendía votar en contra, pero había perdido la opción de tomar un vuelo de línea antes de que terminara la sesión.

La norma sancionada no se limita a derogar la ley 20840, sino que establece reformas al Código Penal. Así, el artículo 2º modifica el artículo 174 del citado Código, que fija pena de prisión de dos a seis años para las conductas descriptas en cinco incisos. Ahora se agrega el siguiente texto como inciso 6° del artículo 174:

"El que maliciosamente afectare el normal desenvolvimiento de un establecimiento o explotación comercial, industrial, agropecuaria, minero o destinado a la prestación de servicios; destruyere, dañare, hiciere desaparecer, ocultare o fraudulentamente disminuyere el valor de las materias primas, productos de cualquier naturaleza, máquinas, equipos u otros bienes de capital."

La derogación de la ley de subversión económica permitirá al Gobierno cumplir con otro de los 14 puntos que se había comprometido a impulsar para avanzar en la negociación de una asistencia financiera para enfrentar la crisis.

También se incorpora el artículo 174 bis, que dispone lo siguiente: "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, quien por imprudencia o negligencia o violando los deberes a su cargo, cometiere o prestare su consentimiento o concurso para la realización de los actos mencionados en el inciso 6° del artículo anterior".

Según trascendió, este artículo podría ser vetado por el Poder Ejecutivo, quien pretende que solo se sancionen conductas dolosas. Igual suerte podría correr el artículo 5° de la nueva norma, que dispone que "Las causas actualmente en trámite ante la Justicia Federal por aplicación de la Ley 20.840 continuarán sustanciándose ante el mismo fuero hasta que se dicte sentencia con autoridad de cosa juzgada".

En la espera

Por su parte, el abogado del banquero Carlos Rohm, Alejandro Carrió, adelantó que "por ahora" no presentarán ningún recurso para lograr la libertad del banquero detenido. "Primero, hay que esperar que la ley se promulgue y se publique", remarcó.

De esta forma, el letrado desmintió las versiones que hablaban de una "inmediata" presentación judicial luego de la derogación de la ley 20.840. Rohm está procesado con prisión preventiva por la juez federal Servini de Cubría , sindicado como “organizador” de una asociación ilícita y por “subversión económica en perjuicio del Estado nacional”.



dju / dju
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