28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

La Oficina Anticorrupción, dura contra Oyarbide

La Oficina Anticorrupción apeló en duros términos la falta de mérito que el juez Norberto Oyarbide dictó para el ex presidente Carlos Menem en la causa por la presunta omisión maliciosa de una cuenta bancaria. TEXTO COMPLETO DE LA APELACION

 
Para la Oficina Anticorrupción, querellante en la causa contra Carlos Menem, la falta de mérito dispuesta por Oyarbide para Carlos Menem es “autocontradictoria”, “viola las reglas de la sana crítica” y “exhibe gruesas contradicciones”.

Es apenas una parte de los duros calificativos a la resolución de Oyarbide que Massoni prodiga en las once carillas que fueron presentadas el viernes a última hora, para apelar la decisión del magistrado que dejó vinculado a la causa pero no procesado al ex presidente.

Para José Massoni, fiscal de Control Administrativo de la Oficina Anticorrupción, “nos hallamos ante un claro desvío de poder que los jueces federales de primera instancia vienen realizando en perjuicio de la normal actuación de los tribunales orales del fuero, a partir de una concepción “inquisitoria” del manejo de la instrucción que de hecho deviene en el real proceso penal, rémora cultural que viene desde la colonia plasmada en códigos procesales anteriores, a cuyo amparo casi todos los actuales protagonistas judiciales de esta ciudad desafortunadamente nos instruimos y entrenamos”.

Sucede que la OA cuestiona que Oyarbide exija, en la resolución de falta de merito, “un estado de conocimiento de la verdad que es propio de una sentencia condenatoria”, para procesar a Menem. “Exige certeza. E incluso una certeza calificada”, se añade.

En la apelación se resalta que “existe una confusión –quizá cultural o quizá no- acerca del rol de la instrucción o etapa instructoria en el proceso penal. Ese error recurrente ha estado presente en no pocas investigaciones judiciales por hechos de corrupción en los que por mi cargo y función me ha tocado actuar. En ellos, tal como sucede en este particular caso, el concepto de la instrucción ha transmutado en el de juicio oral, y, como una de las consecuencias directas de esta equivocada interpretación, el significado del procesamiento se ha desvirtuado”.



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