20 de Diciembre de 2024
Edición 7117 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/12/2024

Pólvora mojada

La Corte Suprema de Justicia revocó el procesamiento por contrabando agravado del ex viceministro de Defensa Carlos Carballo y lo dejó a un paso de la libertad en la causa de las armas. FALLO COMPLETO

 

En un fallo que acentúa la agonía de la causa por el presunto contrabando de armas a Ecuador y Croacia, la Corte Suprema de Justicia dejó a un paso de la libertad al ex secretario de Producción para la Defensa Carlos Carballo, por considerar que su procesamiento y prisión preventiva como coautor de ese delito "carece de argumentos serios" y pruebas que lo sustenten.

Carballo era el último de los funcionarios de alto rango del gobierno de Carlos Menem que continuaba detenido y llegó en queja ante la Corte Suprema de Justicia, apelando la resolución de la sala B de la Cámara en lo Penal Económico que en su momento fijó esa imputación y, al considerarlo "coautor" del contrabando, indicó al juez Julio Speroni que dispusiera su prisión preventiva.

En un fallo que ratifica sus pronunciamientos anteriores sobre esta causa, la Corte cuestionó los fundamentos que sostuvieron el procesamiento de Carballo en las instancias anteriores, cuando se le imputó el contrabando agravado partiendo "del supuesto conocimiento que él tenía (de los hechos) y del incumplimiento de las normas que regían su función".

En ese sentido, el alto tribunal sostuvo que el presunto conocimiento que el ex funcionario tenía de los hechos que se le imputan aparece sólo fundado "en la voluntad de los jueces y no en las constancias del expediente".

"Lo mismo -advierte la Corte- ocurre en relación al desconocimiento o falta de cumplimiento de las normas que regían su cargo, porque tal circunstancia resulta insuficiente para tener por demostrada la existencia del dolo exigido por el delito de contrabando agravado o la necesaria participación del procesado en los hechos investigados".

Asimismo, advirtió que es doctrina del alto tribunal que "para resguardar las garantías de defensa en juicio y debido proceso es exigible que las sentencias estén debidamente fundadas, tanto fáctica como jurídicamente y de tal modo constituyan una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las concretas circunstancias de la causa".

Carballo se desempeño como Secretario de Producción para la Defensa y como virtual viceministro de Defensa cuando la titularidad de la cartera era ejercida por Antonio Erman González, quien el año pasado obtuvo su excarcelación.

Desde ese cargo formó parte de la Comisión de Coordinación de Políticas de Exportación de Material Bélico, en la época en que fue firmado el decreto 1697 por el cual se autorizaba la venta de armas y municiones a Panamá, que terminaron en Ecuador, cuando ese país estaba en guerra con Perú por un diferendo limítrofe.

El tribunal del fuero Penal Económico había sostenido en su momento que Carballo debió conocer el destino de las armas y "los fines que se perseguían mediante el dictado del decreto y la autorización de la comisión" que integraba.

"Esa aseveración de la Cámara Penal Económico -advierte el tribunal - resulta en sí misma también infundada para probar el dolo del contrabando que exige la calificación adoptada", al afirmar "sin fundamentación en prueba alguna, que Carballo conocía la maniobra que se iba a realizar con la exportación de armas".

Por otra parte, apunta a que la Cámara omitió "especificar cuáles son los elementos de convicción incorporados al expediente y reservados cuyo examen indicaría que desde un inicio se conocía el objeto que perseguía el dictado del decreto del Poder Ejecutivo", lo que tampoco demostraría el dolo del delito de contrabando agravado.



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