22 de Noviembre de 2024
Edición 7097 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 23/11/2024

Revocan el procesamiento del hijo de Mary Sánchez

La Cámara Federal dijo que no hay pruebas contra Rodrigo Aleman por presunta extorsión a entidades mutualistas y también dejó sin efecto el embargo.

 
La Sala Segunda de la Cámara Federal porteña dejó sin efecto los procesamientos dictados por el juez federal Rodolfo Canicoba Corral por tentativa de extorsión a entidades mutualistas, entre ellos el que recayó en Rodrigo Aleman, hijo de la dirigente María Vicenta Sánchez, ocupaba la titularidad del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES).

Los jueces Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Luraschi consideraron que no existen pruebas para procesar al joven por el delito de tentativa de extorsión, y una medida similar benefició a los otros imputados Adriano Jaichenco y Pablo Héctor Bracalente, que habían sido sindicados como autores de ese mismo delito, así como también de Héctor Giampieri y Carlos Ulrich, acusados por usurpación de funciones y participación necesaria en el ilícito.

La causa se inició el 4 de mayo del 2000 a partir de una denuncia del entonces Jefe del Gabinete de Ministros Rodolfo Terragno, quien había recibido informes sobre presuntas irregularidades en las inspecciones del INAES, que habrían afectado a las ocho principales mutuales del país.Las irregularidades denunciadas estaban referidas a la aplicación del Código de Descuento, mecanismo que permite a las entidades otorgar préstamos personales a sus afiliados, cargando un interés que sumado al capital es deducido de las remuneraciones habituales.

Aleman según se dijo en la causa, habría solicitado a cada una de las mutuales 150 mil pesos, a cambio que el INAES les otorgara un "certificado de permanencia en la matricula", que era la condición para continuar operando con aquel sistema.

La Cámara entendió, en coincidencia con el fiscal de primera instancia Miguel Ángel Osorio, que "no se han obtenido evidencias que sustenten la versión de las pretendidas víctimas", y que "no se han obtenido pruebas en ningún sentido" de los dichos de algunos de los testigos.El tribunal advirtió que existen circunstancias "que no fueron debidamente esclarecidas, tales como que en la denuncia originalmente formulada se señaló la presencia de operadores no identificados de la Unión Personal Civil de la Nación" y "tampoco se pudo justificar que la única mutual (Trece de Mayo) que había afirmado expresamente que no iba a pagar el dinero que irregularmente se le exigía, haya sido la que obtuvo el certificado de permanencia en la matrícula", sin problemas de ninguna naturaleza".

Temas relacionados:
Para qué necesita abogado 7/3/2001
Una cooperativa de coimeros 16/2/2001



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486