En cumplimiento con lo establecido los ministerios debían arbitrar los medios necesarios para implementar las medidas dispuestas en el decreto.
La Unidad de Emergencias Legales del Ministerio de La Producción que actúa en los casos de ejecuciones contra las mipymes, tiene sede en el propio ministerio en Av. Julio A. Roca 651, 4º piso, oficina 18 y su horario de recepciones de 10 a 15 hs.
En cambio la Unidad de Emergencias Legales del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que interviene en los casos de ejecuciones contra personas físicas tiene su sede en Av. Callao 114 PB y su horario de atención es de 9.00 a 17.00.
Los formularios para presentar las solicitudes pueden, en ambos casos consultarse via internet en las direcciones de los ministerios o bien personalmente. En cuanto a obtener información telefónica, es difícil acceder a la misma, en razón de que las unidades fueron montadas dentro de las instalaciones existentes en oficinas de los ministerios y todavía no cuentan con números de accesos directos asignadas.
Las unidades legales deberán convocar a las partes y procurarán acercar las propuestas para lograr un acuerdo que posibilite al deudor cumplir con su obligación sin menoscabo de los derechos del acreedor.
Cabe destacar que en el transurso del día Diariojudicial.com tuvo comunicación con los ministerios de referencia en los cuales informaron que hubo varias presentaciones de solicitudes, aunque señalaron desde el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que es prematuro trazar estadísticas,
El breve tiempo estipulado en el decreto (90 días) nos dará la pauta en cuanto a la efectividad del sistema implantado desde el Poder Ejecutivo.