Asi, llegó hasta el supremo tribunal cuando la parte demandante apeló una decisión de la Corte Bonaerense que rechazó un recurso de inaplicabilidad de ley deducido por el actor y dejó firme la decisión de la alzada que había rechazado la demanda presentada.
Cuando tomó esa medida, el tribunal bonaerense adujo que en segunda instancia se había ponderado que el actor había prestado declaración informativa en una de las causas acumuladas, motivo por el cual resultaba valedero concluir que la situación del demandante “no era clara y bien podría sospecharse que se encontraba implicado en la causa penal mencionada”.
El actor apeló la sentencia y sostuvo que “no se habían respetado las pautas establecidas en el fallo ‘Campillay’ y que se había efectuado una valoración inadecuada de las pruebas existentes en el proceso.
La Corte, con la disidencia de Antonio Boggiano, declaró admisible el recurso y revocó la sentencia recurrida e hizo lugar al recurso promovido, y por su parte, el juez Carlos Fayt se remitió al dictamen del procurador que propiciaba también la descalificación del fallo apelado y que se dictara un nuevo fallo.
La parte demandada usó como defensa el modo potencial en que la nota y sobre esto los ministros expresaron que la finalidad de esa regla “estriba en otorgar la protección a quien se ha referido sólo a lo que puede ser ( o no), descartando toda aseveración, o la acción de afirmar y dar por cierta alguna cosa ... y se dijo que se debía examinar el sentido completo del discurso, que debía ser conjetural y no asertivo porque si así no fuera bastaría con el mecánico empleo del “sería...” para poder atribuir a alguien cualquier cosa, aún la peor, sin tener que responder por ello”.