Es decir que un expediente que se sustanció en alguna de las secretarías de primera instancia del fuero del trabajo, será girado a una secretaria de las salas de esa Cámara para que el expediente continúe, pero sobre ese punto se aclaró que para su votación será remitidas al fuero en lo Contencioso Administrativo Federal.
Con el fin de instrumentar una correcta forma de trabajo, desde la presidencia del fuero contencioso se dispuso realizar cinco grupos con las secretarías de los fueros Civil, del Trabajo y Civil y Comercial Federal sorteando cada uno de esos grupos entre las cinco salas del Contencioso.
Según el sorteo, la Sala I del Contencioso trabajará con las secretarias de la sala II de Civil y Comercial Federal, salas D e I de Civil y salas I y VI del fuero del Trabajo.
La Sala II del contencioso en cambio lo hará con las salas B, G y L del fuero civil y con las IV y IX del fuero del Trabajo.
Por su parte, con la Sala III colaborará la sala III de Civil y Comercial Federal, salas E y J del fuero Civil y salas II y VIII del fuero del Trabajo.
Para la Sala IV del contencioso estarán disponibles la sala I del Civil y Comercial Federal y las salas C, H y M del fuero Civil como así también V y X del fuero del Trabajo.
Finalmente la Sala V mantendrá contactos con las salas K, A y F del fuero Civil, y salas III y VIII del fuero del Trabajo. Para los expedientes tramitados en las secretarías de primera instancia en lo Civil y Comercial Federal que fueran radicados en las salas II y V del contencioso, y que no tienen asignadas secretarias de aquel fuero, se efectuó otro sorteo por el que se dispuso que la primera de ellas trabajará con la sala II de Civil y Comercial Federal y la restante lo hará con la III de ese mismo fuero.
Además, fuentes de la cámara contencioso administrativo manifestaron su conformidad por lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia que decretó para la próxima semana, entre el 10 y el 15 de marzo, un feriado con el fin de que el fuero contencioso logre terminar de instrumentar la reasignación de las causas que dispuso el alto cuerpo por medio de la acordada 1/03.
“Nos parece lo mejor, necesitamos algunos días para organizar el tema de la reasignación de las causas”, confiaron las fuentes a Diariojudicial.com cuando fueron consultadas sobre la medida de la Corte.
Los ministros para fundar su decisión manifestaron que el feriado era necesario ya que el mismo “no obstará al tratamiento de las cuestiones de urgencia que requieran pronta solución, ni incidirá en la recepción y sorteo de las demandas que se derivarán a los juzgados de primera instancia.