Pero durante el gobierno de De la Rúa se modificó la ley de ministerios creándose el Ministerio de la Producción a cuya órbita pasaron la secretaría de Defensa de la Competencia y del Consumidor que operaban anteriormente en el Ministerio de Economía, a cuyo encargo quedó la organización de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia quién debía bregar por la formación del Tribunal de Defensa de la Competencia previsto en la ley.
Es por ello que el Ministerio de la Producción en base al dec. 475/02 tomó a su cargo la formación del Tribunal de Defensa de la Competencia encomendada originariamente al Ministerio de Economía y llamó a concurso de oposición y antecedentes por medio de la resolución 89/02 para cubrir los cargos del futuro Tribunal Nacional de Defensa de la Competencia.
Los cargos a cubrir conforme el articulo 18 de la ley citada serán de "siete miembros con suficientes antecedentes e idoneidad para ejercer el cargo, de los cuales dos por lo menos serán abogados y otros dos profesionales en ciencias económicas, todos ellos con más de cinco (5) años en el ejercicio de la profesión. Los miembros del tribunal tendrán dedicación exclusiva durante su mandato, con excepción de la actividad docente".
Los miembros del Jurado para la selección son el Señor Secretario de la Competencia, la Desregulación y la Defensa del Consumidor del Ministerio de la Producción, el Señor Procurador del Tesoro de la Nación, el Señor Presidente de la Comisión de Comercio de la Cámara de Diputados de la Nación, el señor Presidente de la Comisión de Comercio de la Cámara de Senadores de la Nación, el Señor Presidente de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, el Señor Presidente de la Academia Nacional de Derecho y el Señor Presidente de la Academia Nacional de Ciencias Económicas ( conforme el art. 19 de la Ley 25.156 y su Decreto Reglamentario N° 89/01.)
La convocatoria se realiza por el término de quince días hábiles administrativos que se inician en el día de hoy, 28 de Marzo del 2003 y finalizan el día 22 de Abril del 2003. La lista de inscriptos será publicada por TRES (3) días hábiles en la sede de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, las cuales podrán ser impugnadas dentro de los CINCO (5) días hábiles (contados desde el último día de la publicación) y deberán ser resueltas por el Jurado dentro de los DIEZ (10) días hábiles de su presentación. Una vez resueltas éstas el Jurado comenzará con las pruebas de oposición dentro de los TREINTA (30) días hábiles posteriores notificándose a cada postulante el lugar, fecha y hora en el que se llevaran a cabo.
Los formularios de solicitud de inscripción podrán solicitarse en la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, Av. Julio A. Roca N° 651, Piso 4to, Sector 16, de esta ciudad, o por teléfono al 4349-3480/1, o al correo electrónico CNDC@minproduccion.gov.ar, o podrán obtenerse en el sitio WEB: www.minproduccion.gov.ar/cndc/home debiendo presentarlas en la sede de la citada Comisión Nacional de Defensa de la Competencia en el horario de 9,30 a 13 horas.
La futura conformación del tribunal estará compuesto por siete vocales con lo que se aumenta el número de los funcionarios que trabajan en la actualidad en la comisión de defensa de la competencia significándo una mayor onerosidad a la hora de hacer frente a los gastos del tribunal.
Fuentes consultadas por Diariojudicial.com estimaron que el objetivo que se proponen desde el ministerio es terminar el año con el tribunal constituído.
Todo parece indicar que el tribunal quedaría funcionando definitivamente como entidad autárquica dentro de la órbita del Ministerio de la Producción, donde actualmente funciona la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia que cesará en sus actividades.
Actualmente se informó que la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia se encuentra trabajando activamente en alrededor de 1000 causas de diversa complejidad, en especial, causas relacionada con adquisiciones y fusiones a raíz de la compra y ventas de activos que se está produciendo en la actualidad.