04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

¿Quién dijo que eran lentos?

La Corte puntualizó irregularidades detectadas en los tribunales federales de Santiago del Estero en la tramitación de causas por el “corralito financiero”. Tal determinación surgió luego de recibir un informe del Cuerpo de Auditores y ante la existencia de “presuntas irregularidades" en el ámbito de la justicia federal de esa provincia.

 
La Corte Suprema de Justicia de la Nación denunció ante la Cámara Federal de Apelaciones de San Miguel de Tucumán la existencia de irregularidades en la tramitación de causas referidas al “corralito financiero”, cuando se tramitaron amparos para que se liberen los depósitos.

En esa pesquisa se comprobó que “mediante distintos recursos los profesionales intervinientes lograban la excusación del juez titular que mantenía un criterio restrictivo para la entrega de los fondos” atrapados por el corralito.

Según se informó en un comunicado de la Corte “con esta operatoria lograban que interviniera un conjuez, abogado de la matricula, que se conocía que iba a tomar decisiones favorables a los ahorristas”.

Agrega el comunicado: “En estos casos es notable que eran siempre los mismos abogados los que intervenían obteniendo la separación de la causa del juez natural”, y que “utilizaban la posibilidad prevista en el artículo 48 del Codigo Procesal Civil y Comercial sin que esa gestión fuera posteriormente ratificada por el accionante”.

Otra de las modalidades constatada era el inicio de “acciones en forma simultanea ante los órganos de la justicia federal y provincial, hasta que el Superior Tribunal de la provincia declaró la incompetencia y dispuso la remisión al ámbito federal”.

Entre otras irregularidades se detectó la “ausencia de fechas en las que se realizaban los trámites, o casos en que después de declarada la incompetencia por el Superior Tribunal de la provincia continuaban interviniendo sin remitir las actuaciones al órgano federal”.

Luego de detallar otros casos, la Corte detectó que “en el juzgado federal, entre otros, una conjuez pese a estar recusada sin causa por el banco demandado continuó interviniendo hasta librar los oficios de pago, cumplida la diligencia recién se inhibió”.

La denuncia presentada por la Corte es por “la posible comisión de delitos de acción pública”, y además ordenó que se envíen copias de las actuaciones al Superior Tribunal de Santiago del Estero y a la Procuración General de la Nación.



dju / dju
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