Como consecuencia de esta determinación de filiación paterna y conforme al Artículo 55 de la Ley de Registro Civil español, Ruiz Moraga ostentará de ahora en más los apellidos de Borbón Ruiz. Cuando se inició la causa la familia real decidió no oponerse a su trámite y de ese modo benefició al reclamante ya que se tuvieran que haber hecho las pruebas de ADN y eso hubiera atrasado todo el proceso.
Para tomar la medida el juez tuvo en cuenta las transferencias de dinero que el rey Alfonso XIII depositó en un banco suizo para sus hijos ilegítimos Leandro y su hermana Ana María Teresa, ya fallecida, así como 30 libros que reconocían la existencia del reclamante.
El pedido del ahora tío real se basaba en los artículos 14 y 39 de la Constitución española, los cuales reconocen la igualdad de todos los españoles ante la ley y que la normativa "posibilitará la investigación de la paternidad".
Por su parte, desde La Casa Real aceptaron que Ruiz Moragas pueda usar el apellido Borbón, pero no están de acuerdo a que se le otorgue el título de infante de España, dado que explicaron que en el documento judicial no se habla que este tenga ese grado.
Al respecto, recordaron que el nombramiento sólo se puede conceder a las personas contempladas en un Real Decreto de 1987, que regula la ordenación de los títulos y dignidades de los miembros de la Familia Real.