04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Atención deudores

La Caja de Abogados de la provincia de Buenos Aires aprobó una resolución aplicable a los morosos de prestamos personales. TEXTO COMPLETO

 
El directorio de la Caja de Abogados de la provincia de Buenos Aires aprobó una resolución aplicable a los morosos de prestamos personales en donde se destacó que para el pago contado de las deudas no se aplicarán los intereses punitorios.

Además, en la nueva operatoria que fuera aprobadas durante las sesiones del directorio, se elaboró una nuevo plan para la refinanciación de las deudas al que podrán acceder, por única vez, quienes lo soliciten expresamente.

Para determinar los montos adeudados por los asociados, y a los efectos de la determinación de deuda, se capitalizará el saldo del préstamo, más los intereses punitorios y la actualización del capital (aplicando CER ó CVS según corresponda).

A su vez, a la deuda así consolidada se aplicará el interés de la tasa variable pasiva que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires, "liquidándose sobre saldos conforme al Sistema Francés".

En ese sentido, el plan para la refinanciación de lo debido por el afiliado de la Caja, podrá extenderse hasta 36 cuotas, y éste, y en su caso el garante, deberán suscribir un nuevo contrato de mutuo.

Los pagos de la deuda así refinanciada deberán efectuarse el día 1º de cada mes o el siguiente hábil si fuere feriado y la mora en la cancelación de las cuotas se producirá de pleno derecho por su sólo vencimiento, sin necesidad de interpelación alguna y el profesional deberá abonar un interés punitorio equivalente al 50 % de la tasa pasiva.

En tanto, la falta de pago de dos cuotas consecutivas o alternadas producirá la caducidad automática de las restantes y la exigencia de pleno derecho de la totalidad del saldo deudor con mas los intereses compensatorios y punitorios convenidos.



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486