Servini había ordenado operativos para secuestrar todo la documentación relacionada con contrataciones directas realizadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) y el Ministerio de Economía, desde que Domingo Cavallo fue nombrado en esa cartera por el ex presidente Carlos Menem y también en su segunda gestión, en tiempos de Fernando de la Rúa.
La causa es una derivación de la conocida como “Coimas II” donde se busca establecer si senadores quisieron coimear a banqueros para frenar leyes que perjudicaban al sector financiero. Por ese expediente se hizo conocido Carlos Bercún, el titular de la Consultora CB S.A, lobbysta de los bancos en el Senado y supuesto “intermediario” en el ilícito.
Al avanzar el expediente en manos del juez Bonadío, se detectaron contratos presuntamente irregulares de CB con el ministerio de Economía y el BCRA. Al desdoblarse la causa, los fiscales Eduardo Freiler y Federico Delgado, indicaron que Bercún se habría desempeñado como Subsecretario de Relaciones Institucionales del Ministerio de Economía entre los años 1996 y 1999 y que en 2001 Cavallo dictó la resolución 450, por la que se aprobó la contratación de CB por la suma de 19.000 pesos mensuales.
El objeto del contrato era la “provisión de información parlamentaria”, y era similar a otro firmado con el BCRA, presumiblemente en la presidencia de Pedro Pou.
Servini de Cubría no descartó que hubiera otros convenios con esas características y, “con el objeto de realizar un amplio estudio y confrontación”, extendió su medida “al secuestro de todo expediente de contratación existente con personas u organismos privados en forma directa” por parte del ministerio y del BCRA.
La defensa de Cavallo apeló esa decisión, argumentando que la juez se había “extralimitado” y los camaristas Eduardo Luraschi, Martín Irurzun y Horacio Cattani evaluaron como “acertados” los agravios expresados por la defensa del ex ministro porque, expuso, según el Código Procesal Penal “la instrucción debe limitarse a los hechos referidos en el requerimiento fiscal de instrucción”.
El tribunal señaló que “en el caso, la actividad concretamente denunciada se circunscribe a aquellos contratos celebrados entre la empresa CB S.A. y/o Carlos Bercún con el Ministerio de Economía y el BCRA durante los períodos mencionados, de modo que su extensión a todas las contrataciones directas celebradas por ambos organismos sin duda exceden el objeto procesal de la investigación”.
De esta forma, declararon la “nulidad parcial” de la resolución de Servini de Cubría, dejando a salvo el secuestro de documentación vinculada con CB S.A. y Carlos Bercún.