En el Acta Acuerdo firmada el 9 de Marzo de 1994, ratificado por Decreto Nº 287/94, la provincia de Santa Cruz eximió del pago del impuesto a los Ingresos Brutos a todas las etapas de la actividad pesquera, incluida la de captura, elaboración a bordo de buques, elaboración en plantas radicadas en tierra y frigoríficos y las empresas.
Para ello, las empresas debían comprometerse, entre otras cuestiones, a “mantener los planteles de personal y mejorar las oportunidades de empleo de personal en el sector, otorgando prioridad para embarcar a los marineros con residencia permanente en la Provincia de Santa Cruz, y en especial a los egresados de las escuelas de marinería que funcionan en la Provincia, además de aumentar la productividad de las plantas en tierra".
Sin embargo, en autos “Pesquera Olivos S.A. y otra c/ Chubut, Provincia del s/ acción declarativa” el Máximo Organismo Judicial Nacional resolvió que “la Provincia del Chubut deberá abstenerse de exigir el cumplimiento de los arts. 3, 7 y 13 de la ley 4738, y de las leyes 4883 y 4884 y del decreto 601/02, que modificó los anteriores 1264/01 y 157/02”, decisión que sentó jurisprudencia.
En identico sentido, empresas pesqueras como Arbumasa y Pesca Sur acudieron ante el supremo tribunal nacional para reclamar la inconstitucionalidad de las leyes santacruceñas ampararándose en precedentes como "Pesquera Olivos", reclamo que fue acogido por la Corte Suprema Nacional en junio pasado al entender que se estaba vulnerando libertades al exigir un 10 por ciento de empleados locales.
Abrumasa S.A. promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Santa Cruz, a fin de obtener la declaración de inconstitucionalidad de la ley 2632 (arts. 1 y 2) y su decreto reglamentario 017/03 (arts. 7,8 y 9) por ser violatorios de los arts. 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional”.
Al respecto, la Corte ratificó el 19 de junio de este año lo decidido en noviembre de 2002, tras “decretar la prohibición de innovar solicitada, a cuyo efecto corresponde hacer saber a la Provincia de Santa Cruz que deberá abstenerse de exigir el cumplimiento de los arts. 1 y 2 de la ley 2632 y 7, 8 y 9 de decreto reglamentario 017/03”.
En respuesta, desde la legislatura provincial se solicitó al Poder Ejecutivo santacruceño “que no exima a las pesqueras de ingresos brutos, si no cumplen con dar trabajo a los santacruceños”, en tanto que el 23 de agosto las Cámaras Empresariales, trabajadores y el Gobierno se reúnen para buscar una solución, ya que sectores pesqueros afirman que de los 450 empleados que estaban embarcados en marzo y abril, en la actualidad solo superan escasamente los 210.