En la misma resolución, el tribunal revocó el sobreseimiento de primera instancia para Nora Arzeno, gerente de recursos humanos de LAPA y, por el contrario, sobreseyó a Rodolfo Muñoz, quien habilitó al copiloto de la aeronave siniestrada, Gerardo Etcheverry a comandar el avión aunque él mismo no conocía el mando Boeing 737.
A los oficiales de la Fuerza Aérea, se les confirmó el procesamiento por el delito dispuesto en el artículo 248 del Código Penal (abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público) y se les trabó embargos de 50.000 pesos en cada caso.
A Arzeno, en tanto, se le imputó el delito previsto en el artículo 196 del Código Penal, que impone penas de entre uno y cinco años de prisión al que “por imprudencia o negligencia” causare una accidente en un medio de transporte y se ordenó que el juez Torres disponga el monto del embargo.
Así, la situación de la gerenta Arzeno aparece como la más complicada ya que un futuro juicio oral podría caberle una condena de cumplimiento efectivo. En su momento, la misma sala revocó el procesamiento de la mujer, pero ahora entendieron que se comprobó la “real y efectiva injerencia” de la gerente en el armado de los cursos obligatorios para los pilotos de LAPA.
Los camaristas recordaron que el piloto de la nave, Gustavo Adolfo Weigel, no había cumplido con el curso anual pero igual Arzeno dejó que volara “sin tener el recurrent (actualización) obligatorio, en infracción a los dispuesto por la normativa citada.
En este punto del extenso fallo de 28 carillas, los jueces remarcaron la “clara relación” entre los cursos que Weingel había incumplido y “las violaciones que tuvieron lugar en la cabina” del Boeing de LAPA, que quedaron registradas en la caja negra del avión hasta el momento del accidente, segundos después del despegue.
Los militares no controlaron
Otro extenso pasaje de la resolución a la que tuvo acceso Diariojudicial.com hace referencia a los oficiales de la Fuerza Aérea a los que se le confirma el procesamiento por incumplir una larga serie de controles sobre la actividad de LAPA y sus pilotos.
Irurzun, Luraschi y Cattani concluyeron que tanto el brigadier mayor Dutrá como el comodoro Peterson cometieron varios incumplimientos a la hora de controlar a los pilotos de LAPA. Por un lado, porque los mismos inspectores de la Fuerza Aérea “no estaban habilitados” para volar los Boeing 737 como el que protagonizó el accidente.
Por otro lado, tanto Peterson como Dutrá, su superior, no dispusieron que los inspectores realicen exámenes teóricos al personal aeronavegante. “De los legajos de Etcheverry y Weingel se desprende que no se les realizaron exámenes teóricos en relación con la aeronave B-737-200 para la que tenían habilitación”, remarcaron los camaristas.También se le reprocha a los oficiales aeronáuticos no haber controlado que los pilotos de LAPA cumplieran con sus licencias por vacaciones.
Según la resolución, del expediente surge que los pilotos de LAPA “poseían entre 40 y 100 días de vacaciones adeudadas” y que en muchos casos les habían sido denegadas, como en el caso de Weingel. “De los legajos (del piloto fallecido) no surge que esto haya sido advertido o siquiera controlado por los inspectores actuantes”, remarcaron los camaristas.
A Lentino, por su parte, se le confirmó el procesamiento porque el Gabinete Psicofísico que dependía del Instituto Nacional de Medicina Aeronáutica (INMAE) no tomaba los exámenes necesarios para confirmar la actitud de los pilotos.
“Los exámenes que se tomaban a los tripulantes eran a todas luces insuficientes para tener un perfil adecuado del examinado”. En particular, los camaristas se basaron en que dos peritos que declararon en la causa concluyeron que el test “era insuficiente para poder expedirse acerca de si el piloto se encontraba dentro de los parámetros psicológicos normales”.
Los peritos concluyeron que se trata de “datos aislados” que “pasan a ser palabras sueltas carentes de valor de diagnóstico” sumado a que en cada chequeo, los pilotos contestaban las mismas preguntas.
Los miembros de la Sala II usaron para cerrar su fundamentación palabras de un experto, Robert Helmreich, profesor de psicología de la Universidad de Texas quien señaló que en un accidente aéreo deben investigarse las causas sistémicas porque “el comportamiento humano no ocurre en un vacío, es un reflejo de la cultura corporativa y regulatoria en la que tiene lugar”.
En la misma resolución, los camaristas dispusieron los sobreseimientos de los directivos de LAPA Patricio Binder, Francisco Bunz Lavin, Francisco De Narvaez Steuer, José González de la Fuente y Raúl Novo y los instructores de vuelo de la empresa, Vicente Sánchez, Alberto Baigorrí, José García y Juan Carlos Ossa.