04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Boggiano: A mi por qué me miran

 
Eduardo Moliné O’ Connor fue destituido por el Senado de la Nación al haber adherido al voto que el juez Antonio Boggiano emitió en la Corte Suprema de Justicia, junto a Julio Nazareno, donde rechaza el recurso extraordinario presentado por E.N.T.E.L. en contra de un laudo emitido por el Tribunal Arbitral de Obras Públicas, al que dicho ente estatal se sometió voluntariamente, renunciando a la vía judicial, junto a la empresa “Meller Comunicaciones SA”, que reclamaba el pago de la publicidad de la guía telefónica de 1990.

Boggiano dijo entonces: “(...)Por consiguiente, cabe concluir que si el laudoarbitral no es revisable directamente por la vía del recurso extraordinario, sin que medie previa declaración judicial de nulidad, el laudo apelado es insusceptible de revisión por la vía intentada.

Y todavía es dable agregar que si la ley excluye la revisión judicial como ocurre en este caso (art. 1 del decreto 4517/66), no es posible prescindir de esta norma sindeclararla inconstitucional. Sin embargo, nada obsta a que tratándose de asuntos disponibles para las partes, éstas puedan excluir la revisión judicial. Tanto más cuanto que en esos asuntos las partes son dueñas de someter la suerte de sus derechos al juego, la apuesta o la suerte o, incluso, renunciar a ellos. Es claro pues, que, a fortiori las partes puedan pactar la exclusión de la jurisdicción judicial de revisión si les conviene.(...)”

Este discurso que expresa un criterio judicial, que expresamente está excluido de las causales de juicio político (art. 10 Reglamento de la Comisión de Juicio Político de Diputados), fue distorsionado al formularse los 2 de los 9 cargos de la acusación, aprobados por una ajustada mayoría de senadores que avergonzados votaron por una formula que decía: “(...)haber legitimado judicialmente un proceso administrativo fraudulento(...y) haber abdicado de manera arbitraria su responsabilidad de controlar la constitucionalidad en los términos del artículo 14 de la ley 48.”

El “cerebro” de dicha mayoría fue Boggiano, y no Moliné -a quién se tilda como integrante de la “mayoría automática”-, el que no está ni amenazado de juicio político en esta etapa de “limpieza” iniciada por un discurso del presidente Néstor Kirchner, para impedir que la Corte decida el caso del ahorrista “Lema”, ya fallecido y todavía con sus depósitos bancarios atrapados.

Esto último vuelve los ojos de la sociedad sobre este juez, al que extrañamente hace unos días se le publicó –en un desliz inaceptable- el borrador de un voto sobre el caso “Lema”, que desconoce el derecho de propiedad y sigue los argumentos que el gobierno sostiene en los 200 mil amparos que se entablaron por el “corralón” en el país.

¿Será por esto que Boggiano dejó de ser considerado como de la “mayoría automática”?

Córdoba, diciembre de 2003.

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486