05 de Noviembre de 2024
Edición 7085 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 06/11/2024

Intiman a Lombardo a que entregue medicamentos contra el SIDA

La decisión fue de la juez federal Sarmiento, que consideró la gravedad en el estado de salud de un paciente y ordenó la entrega “sin condicionamientos”, tras habilitar la feria.

 
La Justicia intimó al ministro de Salud, Héctor Lombardo, a que entregue “sin condicionamientos” en la tarde de hoy a un portador del virus del HIV los medicamentos (cócteles) para paliar su enfermedad a pesar de que este tipo de tratamiento no está incluido en el Programa Nacional de Lucha contra el SIDA.

La resolución fue dictada por la juez del fuero en lo contencioso administrativo federal María José Sarmiento, quien habilitó la feria al considerar la urgencia que requiere la medida, ya que el paciente (cuyo nombre se resguarda por prescripción de la ley) está en condiciones terminales.

El pasado 10 de julio la juez federal Claudia Rodríguez Vidal, también del fuero contencioso administrativo, dictó una medida cautelar solicitada por la letrada Liliana Fontán en representación de su cliente, en la que ordenó al Ministerio de Salud la entrega de los medicamentos Kaletra y Amprenavir.

Tres días después, la cartera que encabeza Lombardo contestó que no se haría entrega de esos dos medicamentos necesarios para elaborar el cóctel porque no están incluidos en el vademécum, decisión que desencadenó la orden de Sarmiento de que cumpla con la resolución de su colega “sin condicionamientos”, en un plazo de 24 horas que no se había hecho efectivo al cierre de esta edición.

La magistrada Rodríguez Vidal había resuelto su cautelar invocando el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación caratulado Asociación Benghalensis, dictado en junio del año pasado. En esta jurisprudencia, el Alto Tribunal dispuso que el Estado está obligado a cubrir todo el tratamiento contra el SIDA, incluidos los cócteles, en defensa de los derechos a la vida y a la salud. En esa ocasión el ministro Vázquez, en su voto, que formó parte de la mayoría, expresó que “En caso de personas infectadas por el virus VIH, la falta de medicación en forma y tiempo oportuno, aparece como un agravio susceptible de lesionar sus sentimientos más profundos, convicciones, etc., además de implicar la violación de derechos esenciales - depende del caso de cada enfermo - en forma inmediata o mediata".

La causa había sido iniciada por una demanda interpuesta por varias organizaciones no gubernamentales en 1996 cuando aparecieron los “cócteles de drogas”, de mayor eficacia para detener el avance del virus HIV, mientras que el Estado sólo entregaba la droga AZT, más primitiva.



l.h. / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486