El titular del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 1 de San Isidro, Roberto José Marquevich, solicitó la asistencia de Defensores Oficiales del Ministerio Público de la Defensa de la Nación, en base a los artículos 16 y 17 del Reglamento Procesal del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación. Se trata del letrado Mariano Patricio Maciel, Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal, y del abogado Ricardo de Lorenzo, Defensor Público Oficial ante los Jueces y Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Instrucción, ambos de Capital Federal. Marquevich requirió como Defensor a Maciel, al comunicársele que sería sometido a proceso, pero posteriormente el titular de este cuerpo, Augusto Cesar Belluscio, requirió al titular del Ministerio Público de la Defensa la designación de otro Defensor Oficial, en tanto la norma establece que “en todos los casos un defensor oficial deberá seguir las alternativas del proceso, a los efectos de hacerse cargo de la defensa si fuera necesario”. Por ello, el Defensor General, Miguel Angel Romero, designó por resolución a los Doctores Maciel y De Lorenzo. Esta será la segunda ocasión en que un magistrado sometido a proceso ante el Jurado de Enjuiciamiento encomienda su defensa a dos Defensores Oficiales, ya que la primera fue durante el proceso seguido al Juez en lo Criminal de Capital Federal, Roberto Murature, en el cual también actuaron como Defensores los Doctores Maciel y De Lorenzo.
Sesiones extraordinarias
Por medio del decreto 172/2004 el presidente Kirchner convocó al Honorable Congreso de la Nación a sesiones extraordinarias, las cuales están previstas a realizarse entre el 19 y 29 de febrero de 2004. El mencionado decreto fue firmado conjuntamente con el proyecto de ley que busca derogar la cuestionada reforma laboral aprobada en el gobierno de la alianza, y en la convocatoria se declara como asunto para su tratamiento en el recinto del Congreso, el Proyecto de Ley por el que se propicia la derogación de la Ley de Reforma Laboral N° 25.250 y se introducen diversas modificaciones en materia de derecho individual y colectivo del trabajo, que Diariojudicial.com publicó a texto completo en su edición de ayer.