En la causa se llevó adelante una investigación por vehículos de origen presuntamente ilícito que adquirieron una aparente legalidad “con documentación apócrifa pero similares en sus características a la expedida por el Registro Nacional del Automotor” utilizando datos verdaderos extraídos del mismo Registro convirtiéndose los rodados en automóviles mellizos.
En otras oportunidades -señaló la resolución- se obtenía documentación habilitante de circulación –como depositario judicial- a través de denuncias falsas ante la justicia o de autorizaciones judiciales extendidas a favor de vehículos que nunca habían sido objeto de procesos judiciales.
Examinada la causa los magistrados de la Cámara Federal confirmaron el procesamiento dispuesto en la instancia anterior al rechazar los agravios formulados por los recurrentes en razón de que “no resultan suficientes para conmover los argumentos expuestos por el sentenciante” a la vez que –entendieron- que “se ha ponderado adecuadamente la prueba colectada” en la causa merituando correctamente el valor probatorio de los elementos secuestrados.
Asimismo rechazaron los planteos de incompetencia afirmando la competencia federal al señalar que “nos encontramos ante una etapa investigativa inicial y compleja en la que existen elementos de prueba e indicios suficientes para considerar que los hechos imputados revisten una entidad tal que obstruye el normal funcionamiento del Registro Nacional de Propiedad Automotor, afectando consecuentemente intereses federales”
De esta forma la Cámara confirmó el procesamiento sin prisión preventiva de José Humberto Navarro como presunto autor penalmente responsable del delito de encubrimiento y falsedad ideológica de documento ambos en concurso real “teniendo en cuenta su condición de contador público nacional que le permite considerar que estaba adquieriendo un vehículo de valor en condiciones irregulares sin que pueda alegar buena fe de ley...”
Respecto de Fernando Zelarayán, los magistrados confirmaron el procesamiento sin prisión preventiva por resultar presunto autor penalmente responsable de los delitos de encubrimiento y falsedad ideológica de documento “por cuanto habría adquirido con conocimiento que provendría de un ilícito, dos camionetas sin numeración que permita su individualización no pudiendo alegar buena fe...” a la vez que merituaron los autos “Zelarayán Fernando” que tramitaban ante la fiscalía 10ma. de instrucción de la provincia donde “hizo insertar manifestaciones falsas en la autorización judicial extendida a su favor”.
En relación a Alvaro Zelarayán, se confirmó su procesamiento sin prisión preventiva por considerarlo presunto autor penalmente responsable del delito de encubrimiento por la adquisición de un rodado Ford Focus a Pedro Tómas –otro imputado en la causa- ya que “debió presumir que el mismo provendría de un ilícito al carecer de numeración que permita su individualización”, máxime su condición de abogado.
También se confirmó el procesamiento de Sandra Elizabeth Abascal por considerarla presunta autora penalmente responsable del delito de lavado de activos (arts. 278 inc. 1 a y b) en grado de partícipe criminal necesario y del delito de falsedad ideológica de documento, concurrentes en forma real por ser quien “habría concurrido a la Fiscalía de Instrucción en lo Penal de la IV Nominación mediante la presentación que permitió que vehículos de diversas especies presuntamente de origen ilícito, adquieran visos de legalidad al obtener autorización como depositaria judicial, mediante engaño y en beneficio del presunto autor del lavado de activo de origen delictivo que sería Pedro Jose Tomás”
Asimismo se confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Hugo Jorge Tarifa por considerarlo presunto autor penalmente responsable del delito de lavado de activos (arts. 278 inc. 1 a y b) en grado de partícipe criminal necesario, del delito de falsedad ideológica de documento en varias oportunidades y del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público, todos en concurrencia material.
Se tuvo por acreditado en la causa que Tarifa en su condición de prosecretario de la Fiscalía de Instrucción en lo Penal de la IV Nominación a cargo de Héctor Musi (quien se encuentra bajo juicio político) firmó “la totalidad de constancias y certificados judiciales que se le exhibieran y sin que le constara la existencia o no de expedientes judiciales a los que pertenecerían tales ordenes. prestando una colaboración imprescindible para que Pedro Tómas pudiera concluir con su maniobra de lavado de activos de vehículos a favor de los que se extendía la autorización.
Por último, se confirmó el procesamiento con prisión preventiva de Pedro Jose Tómas como presunto autor penalmente responsable de los delitos de lavado de activos (arts. 278 inc. 1 “a” y “b” y art. 292 2º párrafo), del delito de falsificación de documentos “habiendo... vendido 6 vehículos, haber dejado para la venta en la concesionaria de Juan Carlos Robles (con falta de mérito) 3 automotores y secuestrado de su domicilio presuntamente para la venta otros 8 vehículos... casi todos con números de motor y chasis apócrifos...”
La resolución señala que también la documentación “en la totalidad de los casos... era similar a la del Registro Nacional de la Propiedad Automotor lo que permitía legitimar los vehículos que provenían de la comisión de un delito en el que el procesado no habría participado aparentemente y convertirlo en vehículo “mellizo”, al usar datos verdaderos tomados de un automotor debidamente inscripto a través del imputado Hoyos quien poseía clave de acceso a la base de datos del Registro”