04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

In dubio pro reo

La justicia de Mendoza resolvió dejar en libertad a una pareja de nacionalidad boliviana que estaba presa hace nueve meses por aplicación del principio “in dubio pro reo” al considerar que existían dudas sobre la muerte de su pequeña hija. La niña que era ciega y padecía una severa parálisis cerebral falleció por asfixia mientras jugaba con una bolsa, según los argumentos de la defensa.

 
Así lo decidieron los magistrados Alejandro Gullé, Alejandro Brizuela y Liliana Aymerich, de la Cámara VI del Crimen de Mendoza, quienes entendieron que no había certezas para mantener la imputación contra una pareja de inmigrantes bolivianos que habían llegado a Mendoza el año pasado con el fin de tratar a su hija por diversos problemas de salud que padecía.

En este sentido, Wilson Cruz y Soledad López, oriundos de Bolivia, alegaron en el juicio que al no tener la documentación en regla no pudieron acceder al sistema de salud mendocino para tratar a su pequeña hija Andrea, que falleció el 1° de junio de 2003 cuando tenía dos años en extrañas circunstancias.

Cruz y López habían sido imputados por el juez de Instrucción Ariel Spektor luego de que los médicos del Hospital Notti sospechasen de un posible caso de maltrato de la niña, que llegó muerta a la guardia y con signos de violencia en el cuerpo, situación que sus padres explicaron al decir que ella misma se los producía debido a sus incapacidades, al ser ciega y padecer una severa parálisis cerebral, secuelas de la meningitis.

En tanto, el abogado defensor de los imputados explicó que pudo haber existido negligencia e irresponsabilidad por parte de los padres por entregar una bolsa de nylon a la niña para jugar, y aunque según la necropsia la niña murió asfixiada, no se pudo comprobar si esa causa fue inducida o accidental y fueron absueltos por el beneficio de la duda.

La defensa cuestionó además el testimonio del médico del Cuerpo Médico Forense, Juan Nanfaro, alegando que había dejado “más dudas que precisiones” y que “en ningún momento hubo pistas suficientes para calificar el hecho como un homicidio doloso”.

En este sentido, al no poder demostrarse la intención de inducir la muerte, el forense acusó a los padres por desconocer el peligro al que estaba expuesta su hija Andrea, por dejarla sola en una habitación y jugando con una bolsa, por lo que se sugirió en caso de existir una condena, prisión en suspenso.

Por su parte, el fiscal de Cámara Felipe Seisdedos, estaba convencido de que se trataba de un homicidio agravado por el vínculo, y sus argumentos para una condena se fundamentaron en la declaración de Nanfaro, por lo que pidió para los acusados “reclusión perpetua más la accesoria”, aunque luego los magistrados entendieron que no había evidencia suficiente para condenarlos.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486