De ese modo, la sentencia hizo lugar a la acción de amparo promovida por la actora -tenedora de Bonex serie 1992- que solicitó que se prohibiera al Estado Nacional pesificar sus títulos públicos, respetando la normativa anterior al decreto 471/02 en cuanto a la amortización y renta de los mismos, la cual explicó debía ser en dólares.
Recordemos que el decreto 471/02 modificó en forma unilateral las prestaciones en moneda extranjera a las que se había obligado el Estado mediante la emisión de títulos públicos, sustituyéndolas por otras de moneda local.
Vale aclarar que la cuestión resuelta en el fallo destaca una situación de gran trascendencia económica porque los títulos Bonex 1992 forman parte de la deuda pública en mano de particulares.
La juez al resolver el recurso presentado declaró “la inconstitucionalidad de los decretos 214/02, 320/02 y 471/02 en cuanto pesificaron los títulos de la actora a la paridad de 1, 40 pesos por dólar y modifican la tasa de interés originariamente estipulada”.
En consecuencia ordenó al Estado Nacional que abone a la actora “los bonos correspondientes en custodia de la Caja de Valores S.A siendo la entidad depositaria Lacoste y Cia SA soc de Bolsa”.