29 de Octubre de 2024
Edición 7080 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/10/2024

Impuesto a las ganancias para jueces: en abril el Senado aprobará la ley

Lo confirmó Jorge Capitanich, presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado de la Nación. Será para todos los magistrados del país, incluidos los de la Corte Suprema. Estiman recaudar entre 78 y 83 millones de pesos por año.

 
Ya hay consenso entre los integrantes de la comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado de la Nación para otorgarle dictamen favorable a un proyecto de ley por el cual se obliga a todos los jueces a pagar el impuesto a las ganancias. Solo falta la redacción del artículo que establecerá “una reglamentación adecuada de los conceptos remuneratorios que forman parte de la base imponible”, confirmó al Diariojudicial.com el senador Jorge Milton Capitanich (PJ – Chaco) que preside dicha comisión.

El proyecto de ley abarca a los jueces federales, nacionales y provinciales e incluso a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y significará un ingreso de entre 78 y 83 millones de pesos anuales al Tesoro Nacional. “Lo que estamos haciendo es aplicar el impuesto a las ganancias a todos los jueces, sin excepción, de todas las jurisdicciones, independientemente del momento que se incorporen al sistema judicial” aseguró Capitanich.

“Ya tenemos buena información respecto a la desagregación de todos los jueces nacionales y federales, pero tenemos que tener una desagregación por cada una de las jurisdicciones provinciales porque hay diferencias desde el punto de vista de la remuneración salarial y la base imponible de cada una de las jurisdicciones. Queremos establecer un mecanismo que permita garantizar homogeneidad en la base imponible sujeto al impuesto a las ganancias”, sostuvo Capitanich. Para analizar el tema se realizaron, en los últimos días, reuniones entre los integrantes de la Comisión y jueces del interior del país. Además, el legislador agregó: “El Congreso debe tipificar estrictamente los conceptos remunerativos que forman la base imponible. No podemos dejar librado este asunto al Poder Judicial, que es quien interpreta la ley”.

La norma ya cuenta con media sanción de Diputados, pero al ser aprobada por el Senado deberá volver a la cámara baja ya que la comisión de Presupuesto y Hacienda le va a realizar distintas modificaciones al texto original del proyecto antes de someterlo a tratamiento parlamentario.

Para el legislador chaqueño, “con seguridad” durante el mes de abril la ley va a ser aprobada por el Senado. Luego deberá sortear el debate en diputados. Aunque el tramite allí no será fácil, todas las fuentes consultadas descartan que la ley, que cuenta con el respaldo del Ministerio de Economía y del Gobierno, será aprobada. De esta manera los magistrados comenzarán a pagar el único impuesto del cual están exentos.

El impuesto a las ganancias se cobra a los trabajadores en relación de dependencia y a los independientes que ganen al menos 4.020 pesos anuales. Ese es el mínimo imponible para tributar este impuesto. En el total de lo que la AFIP recauda anualmente, el Impuesto a las ganancias representa el segundo en importancia en el ranking de los tributos nacionales.

La historia de la aplicación de este tributo a los jueces ha tenido sus idas y venidas. En marzo de 1996 se sancionó la ley 24.631, que eliminó la exención del impuesto a las ganancias para legisladores y jueces. Los legisladores pagan este impuesto desde entonces. Sin embargo, un mes después, la Corte Suprema, por medio de la Acordada 20/96, declaró dicha ley inaplicable para los jueces, por lo que aún continúan beneficiándose con la exención.

La polémica volvió a reflotarse recientemente cuando el juez Augusto Kersman decidió suspender, el 16 de diciembre de 2003, la aplicación de una resolución que había tomado el Consejo de la Magistratura porteño en noviembre de ese año. La misma establecía que 110 jueces, fiscales y defensores de la Ciudad debían tributar ganancias como cualquier otro ciudadano.

Los que están a favor de la aplicación de este impuesto invocan razones de carácter social: si bien es cierto que los jueces nacionales pagan algunos impuestos, también lo es que no pagan todos los tributos en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos.

También hacen referencia a la doctrina adoptada por la Corte de los EE. UU. en esta materia a partir de 1939 y especialmente en el caso “O´Malley v. Woodrough”, donde la Suprema Corte consideró que es plenamente constitucional que los jueces paguen ganancias.

El Dr. Sabsay, abogado Constitucionalista y director ejecutivo de FARN, es uno de los defensores de esta postura. “En una república democrática debe regir el principio de igualdad en materia de cargas y contribuciones, sin excepciones. La sustracción de los jueces a tan fundamental postulado, no solo afecta su condición de ciudadanos, sino, y sobre todo, constituye un privilegio irritante que en nada ayuda a reconstituir la devaluada imagen que de la Justicia tiene hoy la gran mayoría de sus conciudadanos”, dijo.

Por otro lado, la mayoría de las entidades representativas de los magistrados no comparten la imposición del impuesto a las ganancias en virtud del art. 110 de la Constitución Nacional que se refiere a la intangibilidad de los salarios de los jueces. Dicho artículo establece que los jueces “conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”.

El Dr. Miguel Angel Caminos es presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y uno de los principales representantes de esta postura. En dialogo con Diariojudicial.com consideró que “nuestra opinión la hemos expresado oportunamente en la comisión de Presupuesto y Hacienda del Senado. Hay una prohibición constitucional en el art. 110 y en el 120 para los Ministerios. Esto es un resguardo institucional de los jueces que no hay que confundirlo con un privilegio personal”. Además, Caminos no descartó futuras presentaciones judiciales en contra de la ley. “Habrá que esperar el texto definitivo para tomar una determinación de este tipo”, dijo.´

Ambas posturas salieron a la luz en las sucesivas reuniones que se realizaron en la Comisión y en las que estuvieron presentes todos los sectores involucrados en el tema.A pesar de que no hay un acuerdo total con todas las entidades representativas, Capitanich descartó que pueda haber reclamos masivos en el ámbito de la Justicia por parte de los jueces. De hecho, mencionó que ya hay amparos de magistrados que quieren pagar el impuesto.



nicolás pizzi
martín angulo / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

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