Pero, la corte afirmó por la votación unánime de ocho de sus miembros –uno se excusó de intervenir- que Newdow no podía exigir “la prohibición del acto” en la escuela de su hija porque no tenía autoridad legal de hablar en nombre de la menor.
Así, sin expedirse sobre el fondo de la cuestión, el tribunal entendió que el hombre no tiene la custodia suficiente para ser considerado su representante legal, dado que se encuentra en una batalla por la custodia de su hija con la madre de ésta.
El fallo emitido en el día de la conmemoración de la bandera dejó sin efecto el pronunciamiento emanado de una Corte estadual, el cual dos años atrás había establecido que la jura impugnada era inconstitucional en las escuelas públicas.