04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

La renuncia y sus efectos

Un proyecto de resolución pretende que el Poder Ejecutivo Nacional se abstenga de aceptar las renuncias de jueces, funcionarios y ministros de la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando existan procesos de destitución o de juicio político en su contra. Quiere evitar que de este modo se eluda la responsabilidad política menoscabando el derecho a la verdad. TEXTO COMPLETO

 
La propuesta presentada por la diputada del ARI y miembro del Consejo de la Magistratura de la Nación, Marcela Rodríguez, actualmente se encuentra en la Comisión de Justicia de la Cámara baja, y hasta el momento el mismo no fue incluido en el listado de temas para tratar.

Si bien el juicio político tiene como único fin en caso de que éste sea aprobado, “la destitución” del juez, funcionario y/o ministro, también puede traer aparejada la inhabilidad para ejercer futuros cargos, en ciertas ocasiones, no ocurriendo esto último cuando los enjuiciados son magistrados inferiores.

En este sentido, el proyecto apunta a evitar que “la suerte del procedimiento dependa de un acto del propio interesado, y pueda evadir de esta forma la responsabilidad política que le competa vulnerando el derecho a la verdad y permitiendo que los magistrados perciban su jubilación.

Fuentes consultadas destacaron que el proyecto deberá ser analizado primero en Justicia, quien deberá girarlo luego a Asuntos constitucionales, con el fin de que se elabore un dictamen, que tendrá que ser devuelto a su comisión de origen para la creación de un dictamen final sobre el mismo.

El documento interpuesto por Rodríguez y avalado por los legisladores Adrián Pérez, Susana García, Laura Musa y Maria Monteagudo hace varios meses que ingreso al recinto, pero aún no fue tratado. La medida busca que jueces, funcionarios y ministros eviten mediante la renuncia soportar las acusaciones y/o juicios políticos que pesen en su contra.

La renuncia y sus efectos

Como antecedente cercano al proyecto de la diputada por la provincia de Buenos Aires se tiene el del ex juez federal de Salta Ricardo Lona, a quien el PEN no le aceptó la renuncia, hasta que concluyó el jury de magistrados que se le siguió en su contra del cual finalmente fue absuelto.

Por ello mucho se ha discutido desde antaño si la renuncia, configura un acto unilateral o un acto bilateral que se perfeccionaría en este último caso con la aceptación. Lo cierto es que hasta el momento, y tal como lo adelantara Alfonso Santiago (h) en un reportaje concedido a Diariojudicial.com, el Tribunal de Enjuiciamiento y la Corte sostienen que la renuncia cumple efectos a partir de la aceptación, y mientras no sea aceptada el juez sigue afectado al Tribunal de Enjuiciamiento.

En esa oportunidad, el Dr. Santiago -especialista en derecho constitucional- destacó que "el caso “Lona” -en donde existía dictamen acusatorio de la Comisión de Acusación- permitió establecer que no alcanza la presentación de la renuncia para que cese el proceso de remoción del magistrado, sino que la renuncia debe ser aceptada por el Poder Ejecutivo. La renuncia fue presentada pero no había sido aceptada, y la falta de aceptación hizo que tanto el Tribunal de Enjuiciamiento y la Corte Suprema por vía de recurso extraordinario, consideraran que hasta tanto no sea aceptada la renuncia, el magistrado sigue afectado al proceso."

Sin embargo precisó que "lo que no se ha terminado de definir es si es posible que el presidente acepte la renuncia después de la acusación y en caso de aceptación si ello excluiría al magistrado de la posibilidad de ser absuelto o condenado".

* Para conocer su opinión al respecto puede dejar su voto en la encuesta de la semana



dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486