02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Ordenan indemnizar al ex juez Llermarnos

Arte Radiotelevisivo Argentino SA, Mónica Cahen D’Anvers, César Mascetti y Luís Alberto Otero fueron condenados solidariamente a indemnizar al ex juez Daniel Llemanos por los daños sufridos cuando en un informe periodístico lo vincularon con una organización de saca presos del Departamento Judicial de Lomas de Zamora. FALLO COMPLETO

 
La medida la dispuso la tomó la Sala I de la Cámara Civil en autos “Llermanos, Daniel Hugo C/ Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. y otros s/ Daños Y Perjuicios” en donde el ex magistrado de Lomas de Zamora reclamaba por los daños que había sufrido en su nombre y su honor.

El caso debatido en autos se remonta a los días 2, 3 y 4 de diciembre de 1997 y algunas semanas subsiguientes cuando por Canal 13 en la emisión del noticiero “Telenoche” se incluyeron los resultados de una investigación denominada “Los sacapresos” concerniente al funcionamiento de “una organización dedicada a la venta de la libertad de los detenidos formada por jueces, policías, abogados y seudo-abogados”.

La presentación del informe incluía imágenes tomadas con cámaras ocultas y grabaciones telefónicas, comentarios en off de periodistas, títulos que resumían la marcha de la nota, símbolos concordes (cuervos, manos esposadas, esposas abiertas, entre otros) acompañamiento musical, y era comentada por Cahen D’Anvers, Mascetti y Otero.

La investigación involucraba también a los abogados Vásquez y Marenzi, al seudo-abogado Ciani y a Eugenio Esteban Alsina, entonces integrante de la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del mencionado Departamento Judicial además de Llermanos, relacionandolo a éste último en su desempeño como titular del Juzgado Criminal y Correccional Nº 10.

La vinculación aludida se basada especialmente en los dichos de Ciani y Marenzi en la entrevista concretada en un bar de la Capital Federal durante el mes de abril de 1997, con un integrante del equipo de “Telenoche” a quien acompañaban los abogados Diego José Grondona y Lorenzo Enrique Citro, durante la cual aquellos afirmaron poder obtener del entonces juez Llermanos, a cambio de una suma de dinero, la modificación de la situación procesal de una imputada en una causa tramitada en la dependencia a su cargo.

Cuando el caso se debatió en el tribunal de alzada civil, los camaristas destacaron que la supuesta vinculación atribuida a Llermanos con Vásquez, Ciani, Marenzi y Alsina en los hechos ventilados en los programas “nunca fue comprobada”.

En ese sentido, expresaron que en la causa en cuestión que tramitada en el Juzgado Nº 11 de Lomas de Zamora, en la que se investigaron esos hechos fue el mismo secretario, quien informó “que no existe causa alguna seguida a Daniel Llermanos, ni se encuentra investigado en expediente alguno que tramite por ante esta Secretaría”, al mismo tiempo y el titular de ese dependencia hizo lo propio expresando que los hechos difundidos periodísticamente “en lo atinente al Dr. Daniel Hugo Llermanos, se encuentran fuera del objeto procesal de la causa”.

En esa linea expresaron que durante las emisiones si bien se individualizó a quienes manifestaron estar en condiciones de obtener la intervención de Llermanos como juez a cargo de la causa motivo de la negociación, los comentarios efectuados en dichos programas “no se limitaron a reproducir esas manifestaciones” sino que hicieron “eco de ellas”, “respaldaron su credibilidad” e incluyeron “juicios propios” acerca de la situación de Llermanos, cuando la voz en off sostuvo: “La relación de los sacapresos...y Llermanos, está probada”.

Para el tribunal entonces se excedieron los términos de la fuente, no limitándose a una “reproducción imparcial y exacta” y agregaron que varios de esos comentarios fueron realizados en forma “asertiva”, sin utilizar un tiempo de verbo “potencial”.

Según la sala I en la emisión de los informes se vio una conducta “antijurídica” y agregaron que la imputación de un hecho como del que se trató tiene un carácter “francamente calumnioso”, y resulta lesivo para el honor de la persona involucrada y susceptible de causarle un agravio moral.

Al respecto, los jueces destacaron que los demandados, involucraron a Llermanos a “sabiendas de la falsedad de la especie difundida” y ageregaron que tal obrar demuestra una “franca despreocupación por la verdad de lo ocurrido”.

Además, los camaristas destacaron que sin perjuicio de la eficacia de la investigación con relación a Vásquez, Ciani, Marenzi y Alsina, el haber involucrado en ella a Llermanos importó sin duda un “obrar negligente” por parte de quienes participaron en la elaboración y emisión del programa como Otero y también de quienes lo presentaron o condujeron con conocimiento previo de su contenido como Cahen D’Anvers y Mascetti, y ello durante varios días.

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