28 de Junio de 2024
Edición 6995 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/07/2024

Congreso de derecho societario y empresa en Tucumán

Con gran concurrencia de inscriptos, entre los que se destacaron juristas nacionales y extranjeros concluyó el IX Congreso Argentino de Derecho Societario y el V Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y la Empresa que tuvo como sede a la ciudad de Tucumán. Al finalizar se fijó como fecha del próximo congreso el año 2007, cuya sede será Córdoba.

 
Durante los días 22, 23, 24 y 25 de septiembre se llevó a cabo el evento mencionado que concentró la atención de mas de 600 inscriptos entres los que se destacaron especialistas de la Argentina, de países de Latinoamérica, y de la Unión Europea.

Entre los temas abordados que generaron mayor debate se encuentran el tratamiento de las sociedades constituidas en el extranjero, en especial las “off shore”; la infracapitalización societaria; la sociedad unipersonal, la responsabilidad social empresaria, entre otros.

En cuanto a las conclusiones arribadas, se afirmó que hay que reformular el concepto de capital social para vincularlo al de patrimonio neto aunque no hay consenso acerca de que sea necesario fijar un monto mínimo de capital social. Sí, en cambio, de determinar una relación específica o intrínseca entre capital social y objeto social de una sociedad, para aquellos casos de sociedades comerciales reguladas por una ley específica. También hubo críticas a las facultades discrecionales de la autoridad de aplicación para fijar el capital necesario respecto de un objeto determinado.

Por otra parte se propuso que respecto de las personas de existencia ideal, se establezca la competencia del juez correspondiente al establecimiento o explotación principal. Ello evitaría el abuso del cambio de domicilio al sólo y único efecto de cambiar el centro judicial competente. Sobre las sociedades unipersonales, se dijo que la falta de regulación de la sociedad unipersonal genera una importante disociación entre norma y realidad. Se entendió de forma unánime que es necesaria su incorporación al derecho positivo.

Hubo divergencias con respecto al tratamiento de la sociedades constituidas en el extranjero que actúan en el país, así como al tratamiento que merecen las denominadas “off shore”. Esto se advirtió cuando se trató el problema relacionado con la tributación del Impuesto a las Ganancias, que se exige a la compañías.

Con respecto a la figura del grupo se consideró que sería útil introducir un concepto preciso de interés de grupo para diferenciarlo de cada una de las sociedades que integran ese grupo y que mantienen la autonomía jurídica.

También se analizó y debatió sobre el anteproyecto de reforma de la Ley de Sociedades (2002) redactado por Jaime Anaya, Raúl Etcheverry y Salvador Bergel.

Al respecto varios especialistas dieron su opinión. Raúl Etcheverry, señaló que "Este anteproyecto busca remozar y actualizar la normativa vigente. Se busca simplificar la ley; hacerla más ágil; permitir un mayor desenvolvimiento de los negocios, y una mayor transparencia, para que los socios, los terceros, y los inversores tengan posibilidades de acceder a la información disponible que está relacionada con la sociedad”.

En tanto, Ricardo Nissen, titular de la Inspección General de Justicia se mostró crítico con el anteproyecto, al señalar que “no responde a la idiosincrasia argentina”. “Los legisladores suelen ser seducidos por soluciones extranjeras. Estas pueden ser exitosas en su lugar de origen o en otros países, pero cuando se aplican en otro contexto suelen fracasar”, añadió. Afirmó que el Ministerio de Justicia “tomará nota de las observaciones que se están realizando” y advirtió que entre otras cosas el anteproyecto no contempla los problemas de las pequeñas y medianas empresas (PYMES)

Por otra parte Rafael Manóvil indicó que “El anteproyecto es un trabajo muy importante. No constituye una gran innovación revolucionaria y estoy contento que no lo sea: las revoluciones siempre chocan contra la comunidad jurídica y contra lo que ésta está acostumbrada a hacer. Tengo muchas observaciones, pero son de detalle. Si me preguntaran si hay que aprobarlo a libro cerrado o no, optaría por lo primero. El anteproyecto resuelve algunos problemas relevantes en la vía jurídica y en la oganización de las empresas. El más importante de ellos es la sociedad unipersonal”.

Los trabajos en comisión en donde se analizaron 326 ponencias fueron divididos de la siguiente manera: Comisión 1A “Aspectos estructurales y funcionales de la moderna evolución del derecho de sociedades”, Comisión 1B “Aspectos estructurales y funcionales de la moderna evolución del derecho de sociedades”, Comisión 2A “Responsabilidad”, Comisión 2B “Responsabilidad”, Comisión 3 y 5 “Financiamiento y mercado de capitales”, Comisión 4 y 6 “Pymes / Grupos” y la Comisión 7 y 8 “Cuestiones Procesales Societarias”.

A lo largo del encuentro se realizaron conferencias las cuales estuvieron a cargo de Fernando Sánchez Calero (España) sobre “Evolución actual del Derecho de Sociedades en la Unión Europea”; Carlo Angelici (Italia) referida a la “Reforma de la ley de sociedades italianas” y Paulo Fernando Campos Salles de Toledo (Brasil) quien disertó sobre “A nova lei de recuperacao de empresas: una visao geral”.

También se llevaron a cabo paneles de exposición sobre “Cambio de domicilio social dentro de la Unión Europea”, a cargo de Peter Sester (Alemania); la “Movilidad de las sociedades en el espacio europeo” por Luis Velazco San Pedro (España), y “Ética de la empresa y responsabilidad social” en donde participaron como panelistas José María Embid (España) Raúl Etcheverry (Argentina) y Rodolfo Vigo (Argentina). Luego del cierre del congreso el sábado por la mañana en donde se leyeron las conclusiones a las que arribaron las siete comisiones, los participantes se dirigieron a la Casa Histórica de Tucumán, para rendir homenaje a los congresales que declararon la independencia argentina en 1816.



dju / dju
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