La principal critica se centra en que el proyecto no exige título de abogado para desarrollar esas funciones lo que fue calificado como un “avasallamiento profesional”, ya que de prosperar tal medida podría estar seriamente afectado el interés de los justiciables y hasta el orden público, en virtud de que se dejaría en manos de legos en la materia una actividad propia de letrados.
En ese sentido, opinaron que la no exigencia de que el mediador sea abogado podría generar “eventuales nulidades” cuando se sometan a mediación cuestiones en las que no sea clara su exclusión de los métodos alternativos o cuando los representantes no tengan adecuadamente definidas sus atribuciones.
También, expresaron que se debía agregar, a esos cuestionamientos, la imposibilidad de controlar que el convenio que surja de la mediación no incursione en materias no disponibles y, además, una posible dependencia del mediador respecto de los letrados de cada parte cuando se traten cuestiones de derecho.
Principalmente la Comisión atacó el artículo 7 del proyecto la cual bajo el título de “Para ser Mediador o Auxiliar especializado será necesario”, puntualiza cada unos de los requisitos que son necesarios entre los cuales figura que se deberá “poseer título universitario con una antigüedad de tres años en el ejercicio profesional”.
Entonces, el grupo opinó que por esta vía ingresarán otros profesionales al manejo de conflictos que estuvieron reservados para la abogacía, tal el caso de escribanos y contadores públicos.