04 de Noviembre de 2024
Edición 7084 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 05/11/2024

Inconvenientes para seleccionar jurados en Córdoba

Lo demuestran datos estadísticos del sorteo de jurados populares. De allí se desprende que sólo un 23% de las personas seleccionadas del padrón electoral (1513) cumplen con los requisitos que dispone la nueva ley. Los resultados son preocupantes, sobre todo, en el interior de la provincia y por ello se hará un nuevo sorteo. La iniciativa había sido anunciada a fines de 2004, cuando Blumberg visitó la provincia. TEXTO COMPLETO

 
La provincia de Córdoba comenzó con los primeros pasos para poner en marcha el tan publicitado “juicio por jurados populares”, aprobado por ley 9182, en noviembre del año pasado. La provincia viene implementado un sistema similar hace varios años. Sin embargo, a fines de 2004, la ley que regía el sistema fue ampliada a nuevas situaciones, y ahora el juzgamiento por el tribunal integrado con jurado popular es obligatorio en determinados delitos (violación, homicidio en ocasión de robo, delitos contra la administración pública, secuestro extorsivo seguido de muerte, entre otros).

En primer lugar se realizó un sorteo utilizando el Padrón Electoral. A los 1513 ciudadanos “elegidos” se les envió una declaración jurada (un formulario) donde se les piden ciertos datos, la mayoría de los cuales no figuran en el Padrón Electoral: edad, estudios cursados, si es empleado del Estado provincial, si tuvo alguna condena, etc. Es que la norma que instaló el mecanismo, por el cual personas comunes podrán juzgar la inocencia o culpabilidad de los imputados, regula una serie de requisitos e incompatibilidades de la función.

Las respuestas ya llegaron al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba, donde se hizo una primer análisis de las mismas. El resultado no es muy alentador: sólo un 23% de los sorteados, unas 355 personas, cumplen con los requisitos que estipula la ley (tener entre 25 y 65 años, nueve años de educación obligatoria, gozar de aptitud física y psíquica suficientes para el desempeño de la función, no ser empleado público, etc) y podrán integrar la base de datos definitiva.

A partir de este momento, según el artículo 19 de la ley, los ciudadanos designados “sólo podrá excusarse de cumplirla (la carga pública) cuando se encuentre enfermo o invoque una enfermedad grave de un pariente directo en su familia que requiera su presencia en el hogar, cuando la asistencia al proceso le cause un perjuicio severo a su patrimonio o cuando concurriera una o más causales de las establecidas para los jueces en la ley procesal penal”.

Como era previsible, los resultados son más desalentadores a medida que uno se aleja de la primer circunscripción, que abarca la capital provincial y sus alrededores.

Por este motivo, el Dr. Gustavo Porcel de Peralta, relator de la Sala Electoral del Tribunal Superior de Justicia, en diálogo con este medio, anticipó que “se va a realizar un nuevo sorteo en todas las circunscripciones”. “Los resultados fueron buenos en la primera circunscripción (donde unas 188 personas cumplieron con los requisitos) pero hay que tener en cuenta que allí funcionan 11 cámaras del Crimen”, advirtió.

De los datos estadísticos, a los cuales pudo acceder este medio, surge además el siguiente dato: en varias circunscripciones de la provincia, el número de ciudadanos que cumple con los requisitos legales no son más de 24. De hecho, de las 10 circunscripciones, sólo cuatro alcanzaron ese número. En la tercera y en la cuarta, hubo sólo 20 ciudadanos que eran aptos; en la sexta, 12 (un 29%); en la octava, 5; en la novena, 4; y 14 en la décima.

Según la ley 9182, aprobada por la Legislatura el 9 de noviembre de 2004, se necesitan un mínimo de 24 ciudadanos para hacer el sorteo e iniciar los juicios mediante el nuevo mecanismo. De ese total, y según el artículo 4 de la norma, los primeros 12 que responden a la convocatoria son distribuidos de la siguiente manera: 8 son titulares y 4 son suplentes.

Por ello, “es necesario ampliar el espectro en varias circunscripciones para que no se repitan los jurados”, advierten en el Tribunal Superior. Sin embargo, los ciudadanos no son sorteados nuevamente hasta tanto no sea sorteado el total de las personas que integran la base de datos de cada circunscripción.

Otros datos que preocupan son la baja recepción de los formularios - “esto demuestra que no se denuncia el cambio de domicilio”, aseguran – y las deficiencias en el sistema educativo.

nicolás pizzi / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486