02 de Julio de 2024
Edición 6997 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/07/2024

Camaristas se inhiben de investigar a Fayt

El ministro de la Corte los acusó de parcialidad luego de que fuera revocado un sobreseimiento a su favor. A pesar de que la recusación fue rechazada, los jueces resolvieron inhibirse. Es en el marco de la causa iniciada por el abogado Ernesto Galante que denunció a Fayt y Boggiano luego de que el alto tribunal rechazara el cobro de honorarios millonarios.

 
Los jueces Martín Irurzun, Eduardo Luraschi y Horacio y Horacio Cattani de la Sala II de la Cámara en lo Criminal Federal habían revocado el sobreseimiento a Carlos Fayt otorgado por el juez Rodolfo Canicoba Corral porque consideraron que faltaban pruebas e instruyeron al magistrado federal a seguir investigando.

La decisión de la Cámara provocó el planteo de recusación de Fayt al considerar arbitraria la medida tomada por los jueces.

La denuncia penal que investiga Canicoba Corral contra Fayt fue interpuesta por Ernesto Galante luego de que la Corte desestimara un recurso extraordinario para cobrar honorarios por 128 millones de dólares. Galante pretendía obtener esa suma millonaria por su trabajo como síndico del Estado en la quiebra de Celulosa Argentina.

Pero ante la negativa de la Corte Galante no se quedó de brazos cruzados. Llevó su caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En ese momento Alicia Martínez Ríos, ex secretaria de Asuntos Consulares y Generales de la Cancillería, gestionó un acuerdo extrajudicial para que el abogado desistiera de su demanda ante el tribunal internacional a cambio de 100 millones de dólares, que se concretó el 9 de diciembre de 1999, en el último día del gobierno de Carlos Menem.

La Oficina Anticorrupción calificó de “nulo e ilícito” el acuerdo celebrado entre Martínez Ríos y Galante. El Procurador del Estado de entonces, Ernesto Marcer, dijo que “el pacto es una liberalidad destinada a compensar a Galante lo que en sede judicial -la Corte- le ha sido denegado por improcedente".

Como el gobierno de De la Rúa no promulgó el decreto, Galante completó su denuncia ante la CIDH, pero en 2002 el organismo internacional le negó la procedencia, ya que entendió que su labor no es de “cuarta instancia” para revisar fallos de los tribunales nacionales, a menos que exista una violación a las garantías establecidas en la Convención Americana.

El juez federal Norberto Oyarbide procesó a Martinez Rios por “negociaciones incompatibles con la función pública” y a Galante como “partícipe necesario” de la maniobra, pero luego la Cámara revocó ambos procesamientos.

dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486