Las asociaciones fueron citadas para el próximo plenario del cuerpo que será el jueves 25 de agosto y el Consejo tomará la decisión sobre el tema en la siguiente reunión. Así lo propuso Enrique Petracchi, titular de la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura, que presidió el plenario sólo para tratar este tema.
Además de la Asociación de Magistrados se invitará al Centro de Estudios Legales y Sociales, la Asociación por la Igualdad y la Justicia, la Fundación Ambiente y Recursos Naturales, Poder Ciudadano y el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales. La consejera María Chaya también pidió invitar a la Federación Argentina de Colegios de Abogados.
Lo que está en discusión es una de las reformas al reglamento de la Comisión de Acusación. Se trata del punto sobre fijar o no un plazo para, trascurrido el mismo sin dictamen, la denuncia contra el juez queda archivada.
Mientras que los consejeros jueces proponen que se fije un plazo, prevalece la postura de que sea dos años, otros proponen que no existan límites temporales para investigar las denuncias. Los primeros opinan que no se puede tener a un juez con una denuncia por un tiempo indefinido sin solución ya que afecta su trabajo al estar condicionado con una investigación. Quienes no quieren plazos dicen que archivar una denuncia implica que pese sobre el magistrado una sospecha permanente. Además, los integrantes de la Comisión de Acusación, cinco son legisladores y dos abogados, explican que a diferencia de un juez, que puede ordenar medidas todos los días, ellos sólo pueden hacerlo la única vez por semana que la Comisión se reúne.
Sin embargo, el plenario avanzó con las reformas al reglamento de la Comisión y aprobó 15 de los 18 artículos. Los tres restantes, que fueron objetados por algunos consejeros, también quedaron postergados para conocer las opiniones de las asociaciones.
Uno de esos artículos propone mantener bajo identidad reservada el nombre del denunciante cuando este sea agente del Poder Judicial. Otro que cuando la denuncia no amerite un pedido de destitución pero sí una sanción disciplinaria, la Comisión de Acusación podrá proponerle al plenario una sanción o que el expediente sea enviado a la Comisión de Disciplina. Los integrantes de esta última se opusieron.
El último artículo que quedó pendiente fue el cuarto inciso b que también hace referencias a las sanciones disciplinarias.