Las audiencias duraron tres días y el jurado estuvo integrado por cuatro mujeres y cuatro hombres. Además, de los jueces del tribunal presidido por Hugo Ferrero e integrado por los vocales Cristian Requena y Mario Comes.
La causa que debutó en los juicios por jurados fue contra Fernando Victor Luna, acusado de homicidio agravado por uso de arma y alevosía, del que fue víctima Marcos Brito el 5 de julio de 2003.
Los juicios populares en Córdoba quedaron estipulados al sancionarse la Ley 9.182 que reglamentó la aplicación de los juicios por jurados en cumplimiento del artículo 162 de la Constitución provincial.
El artículo 2 de la ley dice que “las cámaras con competencia en lo Criminal deberán integrarse obligatoriamente con jurados populares” cuando deban juzgar delitos de corrupción administrativa, de homicidio agravado, secuestro extorsivo y abuso sexual seguido de muerte, entre otros.